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¿Ha prescrito la solicitud del complemento de maternidad para jubilados varones?

¿Ha prescrito la solicitud del complemento de maternidad para jubilados varones? et10

13/3/2024 · 05:37
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Descripción de ¿Ha prescrito la solicitud del complemento de maternidad para jubilados varones? 5y5f2c

Nuestras compañeras Carmen Muñoz e Irene Navarro acuden a COPE para hablar sobre la prescripción de la solicitud del complemento de maternidad para jubilados varones 3h484p

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Mediodía cope granada se vuelca con el mundo empresarial de la ciudad nuestras empresas nuestros emprendedores todos los protagonistas del tejido empresarial de la ciudad granada empresarial con hispacolex bufete jurídico bueno hoy les vamos a dedicar este granada empresarial a conocer más sobre esa famosa y reciente sentencia el tribunal supremo en la que ha dejado claro que el complemento de maternidad al que tienen derecho los jubilados varones no prescribe lo que es una muy buena noticia para miles de pensionistas así que te lo vamos a contar con todo detalle y lo vamos a hacer con irene navarro es letrada del departamento de derecho laboral de hispacolex y con carmen muñoz asesora al volar la el perdón de la firma jurídica que nos van a explicar eso cómo les afecta y cómo pueden beneficiarse carmen irene qué tal muy buenas tardes bienvenida a las dos buenas tardes gracias por estar aquí oye carmen empezamos por ti vamos a recordar un poco que es ese complemento de maternidad por completo de maternidad consiste en un incremento de las pensiones de jubilación incapacidad o viudedad en el cual en función del número de dijo que tú hayas tenido te va aumentar tu pensión quiere decir que si tienes hijos te va a incrementar el cinco por ciento que tienes tres el diez por ciento y el quince por ciento si tiene cuatro o más este derecho nace en el año dos mil dieciseis pero eso se aplicaba para las mujeres para evitar la la brecha la brecha salarial no perdón la brecha en las pensiones por el motivo de ser madre entonces en el año dos mil diecinueve el tribunal superior de justicia de la unión europea declaró que este cumplimiento también tiene que ser beneficiarios los varones claro porque supone un principio discriminatorio el sistema el sistema de la seguridad social claro en que se pronunciara el tribunal supremo qué importancia tiene resulta que el título nacional la actividad social organismo que concede este complemento actualmente estaba denegando porque aplicaba la prescripción la prescripción es el paso del tiempo en el cuarto derecho caduca y entendía que habían pasado más de cinco años desde que tú podrías solicitarlo esto no es así porque como abasto hablado anteriormente el derecho al hombre nace en el año dos mil diecinueve tú no puede denegarle este cumplimiento á un varón que tiene una pensión del dos mil dieciseis porque no podía claro felicitarle el año dos mil dieciseis entonces el tribunal supremo declara imprescriptible esto quiere decir que cualquier varón que tenga una pensión anterior al al año dos mil diecinueve puede solicitarlo sin ningún tipo de de re extinción y base beneficiario este complemento a fecha de su jubilación claro es que habrá mucha gente que está diciendo cumplo los requisitos es que estoy dentro de todo lo que estaba contando carmen irene cómo asume claro ahora llega la parte del instituto nacional de seguridad social los que pagan como asume este nuevo pronunciamiento del tribunal supremo bueno esta importante sentencia del tribunal supremo el pasado ocho de marzo se ha publicado un nuevo criterio de gestión que haga un poco la línea de actuación de la entidad gestora y asume este carácter imprescriptible del cumplimiento y reitera que lo efecto económico de este cumplimiento es una fecha de jubilación también determina que en los supuestos de incapacidad permanente en lo que hay un agravamiento o mejoría la fecha para tener en cuenta y considerar si si la la persona tiene derecho al complemento por maternidad en la del reconocimiento inicial de la de la incapacidad permanente entonces únicamente tendrían derecho a aquello que se le fue reconocida la incapacidad permanente tras el uno de enero de dos mil dieciseis y elige también nos recuerdan en el complemento por maternidad incompatible con el cumplimiento por por para reducción de brecha de género que nace en el dos mil veintiuno entonces aquel solicitante que el interesado que cumpla los requisitos para ser beneficiario de ambos deberá elegir entre uno u otro claro el que más le beneficie el que más le beneficie gustaría aprovechar este espacio para para decirle que yo pensionista que no que tengan dudas si cumple los requisitos a ser mi pregunta que que claro ahora la gente no está escuchan dice lo cumple vale que tienen que hacer que se pongan en o con nosotros como como bufete jurídico multidisciplinar especialista en la materia dentro del derecho laboral que nos llamen sin ningún tipo de compromiso atenderemos su consulta porque quizás sea pensionista que tienen derecho a incrementar su pensión y no lo sabe y esto me la sacó de la manga eso lleva mucha burocracia mucho papeleo o es más fácil de lo que parece carmen para para solicitarlo es un trámite sencillo yo llevaba lleva valió para eso estamos nosotros depende del caso concreto se actualmente no sabemos tampoco cómo actúa el ins nieguen entonces sí tendremos que acudir de nuevo otra vez a vía judicial pues aunque haya publicado el criterio gestión no quiere decir que mañana ya lo estén cumpliendo con lo que ha dictaminado entonces cada caso es particular y hay que estudiarlo cada caso particular sin ninguna duda que se pongan en o con nosotros y solicitaremos según su su caso concreto claro pues nada lo mejor es si cumplís envidiable

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