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¿Qué pasas si FALLEZCO y tengo ACCIONES EN EL EXTRANJERO? | Píldora de conocimiento en 5 minutos

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30/4/2025 · 09:57
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Objetivo : Libertad financiera

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Vamos a hablar un poco, porque hay mucha disputa. Si una persona fallece, ¿qué pasa si tienes acciones del extranjero? ¿Qué pasa si tienes acciones aquí? ¿Cómo funciona un poco en ese sentido? Sí, sí, últimamente la verdad que ha sido, lo he visto por bastantes foros y posca. Pues mira, a ver, aquí no te creas que hay tanta información disponible como la gente se puede pensar, ¿vale? O sea, que es algo relativamente nuevo porque históricamente en España siempre se han tenido brokers españoles. Entonces, claro, como venimos de que nuestros padres han tenido sus carteras en los típicos brokers del banco y todo el rollo este, pues entonces en ese caso... En Bank Inter y empresas del IBEX.

Efectivamente, empresas del IBEX y eso, entonces no existía este problema. Pero ahora bien, ahora desde que empiezan a surgir los de giro, los interactive brokers, todos estos que están fuera, pues empiezan... Claro, Estados Unidos tiene, pues digamos, el US State Tax, que se llama, que es como el impuesto a sucesión y donaciones de Estados Unidos.

Entonces, esta gente lo que te dice es, oye, si tú tienes empresa mía americana, ¿vale? En cartera y fallece y alguien la va a heredar, a ti te toca pagar por otra tablita. Al final aquí siempre hay tablita. Pues esa tabla es un poquillo todavía más dura que la que tenemos aquí porque va entre el 18 y el 50%. Pero los primeros 60.000 euros, 60.000 dólares, perdón, están exentos.

Entonces, si tú tienes en un broker extranjero, de este que estamos hablando, esa cantidad, hasta 60.000 dólares, pues tú no pagarías nada. Y automáticamente puedes hacer traspaso dando el nuevo titular al interactive broker diciéndole, oye, pues ahora el nuevo titular es este, no sé qué y punto. Ahora bien, ¿qué pasa si tienes más de 60.000 dólares? Pues que te toca pagar. Siempre y cuando tengas, dice la ley allí, vamos, yo me la he leído bastante detenidamente, dice bien claro que con acciones americanas estén donde estén. Con lo cual, da igual que tú esas acciones americanas las tengas en un broker español, que en un broker europeo, que en un broker lo que sea. Tú eres un no residente americano, ¿vale? Porque vive en España y tienes acciones de su país, ¿vale? Esto aplicaría también a si tienes allí una casa en Estados Unidos, en Wisconsin, en Texas o donde sea.

Lo mismo. O sea, tú tienes una casa, tienes acciones o tienes dinero. Son esas tres cosas lo que el impuesto grava. Entonces, siempre y cuando tengas algo de esas tres cosas, a ti te toca pagar, ¿vale? Me imagino que también da igual si tienes cuenta ómnibus, nominativa. Da igual. La ley dice que da igual. Porque, a ver, a priori, el gobierno americano no sabría que el DNI 7, 8, 4, 3, no sé qué, no sé cuánto, V, tiene tantas acciones americanas, ¿no? No podría saberlo. Porque en una cuenta ómnibus, para el que no lo sepa, pues no se dice, no son nominativas, ¿no? Dice, esto es tuyo, esta acción es tuya. Sino que el bróker, en grandes cantidades de dinero, y por eso están las comisiones hoy en día tan bajos de Interactive Broker y de DeGiro y de todo esto, pues lo que hacen es comprar grandísimos paquetes, con lo cual tienen comisiones, pues pueden hacer comisiones más bajas.

Porque cuando compran acciones, compran acciones de Apple para ti, para mí y para todos los que queremos Apple en todo el mundo. O sea que, entonces, pues pueden conseguir eso. Entonces, a priori, te podría estar escapando por ahí. Pero Interactive Broker ya, DeGiro todavía no, porque tengo los dos y me he enterado que con Interactive Broker ya lo hace. Lo que te dice, una vez que fallece esa cuenta, es, oye, yo, aunque tengo aquí una cuenta ómnibus, pero esto pertenece a ti, porque él lo sabe. Y como es un bróker americano, él no quiere ningún tipo de problemas con la hacienda americana. Entonces, lo que te dice es, oye, aquí hay un modelo que se llama el 5173, que tienes que rellenar, donde dice todas las empresas que va a heredar tu hijo o tu primo o quien sea y te toca pagar tanto. Y te lo dice, bueno, te lo dice, tú haces el cálculo este y en función de la cantidad, pues te toca pagar, según la tablita, tanto dinero.

Y hasta que no lo pagas eso, no te va a liberar la titularidad de la cuenta. Ahora bien, si un banco español, por ejemplo, Santander BBVA, en el cual tienes acciones, coge y hace todos los trámites con la hacienda americana, que podría pasar, no lo digo, yo es que no tengo bróker español, pero si hiciera todo este tipo de trámites, que en el otro caso te toca hacerlo a ti, ¿vale? Y te dice, oye, te toca pagar tanto, pues también valdría. Pero me consta que a día de hoy no lo están haciendo. Con lo cual están saltándose la ley americana. Y eso podría venir sancionado en un futuro. Y yo con la hacienda americana no me la jugaría, ya te lo digo. Vamos, aquí estamos poniendo el ejemplo de hacienda americana, pero si tienes una empresa de Suiza, una de Alemania, una de Francia, una de Chipre, pues me imagino que cada una luego tendrá sus leyes.

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