
El rincón laboral; Como hacer frente a las sanciones laborales 4u4z4n
Descripción de El rincón laboral; Como hacer frente a las sanciones laborales 4q1g6r
En el nuevo episodio del Rincón Laboral tratamos las sanciones que nos pueden imponer en nuestro centro de trabajo y cómo podemos ejercer nuestro derecho a realizar un recurso. 175s2
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Bienvenidos y bienvenidas al rincón laboral un vodka de t valencia donde te vamos a informar sobre tus derechos y cómo proceder si el listillo de tu jefe te la quiere dar con queso dicho todo esto hola bienvenidos y bienvenidas a otro nuevo episodio del rincón laboral de c c t valencia mi nombre es emilio y te voy a acompañar en el uso del tercer episodio el cual vamos a tratar de algo que perjudica y afecta a toda persona trae adora sufre hoy abordaremos todo lo que necesitas saber sobre las sanciones en el trabajo y el derecho y recursos que disponemos para poder combatirlas claro está si estamos en desacuerdo con estas sanciones o son totalmente desproporcionadas tenemos asumido do que las sanciones a los y las trabajadoras las empresas están casi a la orden del día y es algo que no vamos a entrar aquí a valorar se han sido justas o injustas lo que si vamos a hacer aquí es informarte de lo que tienes que saber sobre las sanciones y como tiene es que proceder si tu crees que deberías recurrí las lo primero que deberíamos saber es qué a qué nos estamos refiriendo como sanción laboral a efectos legales pues son un tipo de penalización amonestación o medida disciplinaria que la empresa se puede llevar a cabo contra los trabajadores que hayan incurrido en malas conductas desobediencias indisciplina en el trabajo esto lo podemos ver reflejado en el artículo cincuenta y ocho del estatuto de los trabajadores el cual indica que los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de la empresa en virtud de incumplimientos laborales de acuerdo con la graduación de las faltas y sanciones que estén establecidas por lo tanto para que una conducta se sanciona hable debe de estar recogida dicho comportamiento como sancionable de manera expresa ya sea el estatuto de los trabajadores por el convenio colectivo al que pertenece chamo por eso siempre decimos que tenéis que conocer perfectamente vuestro convenio colectivo al que pertenezca por poner un ejemplo si en el convenio de la industria del metal está estipulado como falta leve incumplir la prohibición expresa de fumar en el centro de trabajo no pueden sancionar al trabajador o trabajadora con una falta grave o muy grave por la sencilla razón de que te están dando otra categoría de falta que no pertenece a la que está estipulada en el convenio la faltas laborales se deben comunicar siempre al trabajadora por escrito indicando la fecha y la causa que lo motivaron estas amonestaciones se clasifican en tres categorías es tan leve que conlleva una amonestación por escrito y puede llevar algún día de empleo y sueldo la grave que conlleva la suspensión john de empleo y sueldo de dos a veinte días y la muy graves que pueden conllevar la suspensión de empleo y sueldo de veintiuno a sesenta días y o un despido disciplinario en ningún caso de los antes mencionados el empresario no puede condenar la persona trabajadora apaga las multas económicas reducir vacaciones o periodos de descanso es obtener claro tampoco sancionar solo con suspensión de su dolor días estipulados y que te diga hala a incorporarte a tu puesto trabajo y a currar sólo faltaría eso pues esto está totalmente un gracias cedí bueno pues dependiendo de su graduación estas faltas prescriben a los siguientes días la faltas leves a los diez días la falda graves a los veinte días y la falda muy graves a los sesenta días esta petición va dirigida a la empresa pues el empresario no puede sancionar al trabajador o trabajadora en cualquier momento sino que debe hacerlo
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