
Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Zaragoza 3u1s1n
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El Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Zaragoza es un documento clave que establece la regulación de los cauces de participación ciudadana en la gestión municipal de Zaragoza. Su objeto principal es regular la PC en la gestión municipal y fomentar la participación individual y de la sociedad civil organizada. Este reglamento también regula los órganos territoriales de desconcentración, como las Juntas Municipales, Juntas Vecinales y Concejos Locales, y articula la participación sectorial a través del Consejo de la Ciudad de Zaragoza. La presencia de la participación es constante a lo largo de todo el documento. 6x2925
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Saludos. Hoy nos metemos de lleno en material que es crucial para quienes preparan oposiciones locales.
Nos vamos a centrar sobre todo en Zaragoza y Aragón.
Tenemos delante unos extractos de una guía de la FEMP sobre transparencia y participación y también un estudio de la UNED muy enfocado en Zaragoza.
La idea es sencilla, sacar de aquí los conceptos clave, la normativa que sí o sí hay que saber y ejemplos prácticos que puedan caer en un examen.
Vamos a desgranarlo.
Empezamos por la base, ¿te parece? El marco legal, la Constitución, artículo 23.1.
Reconoce el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos y dice, directamente o mediante representantes.
Ahí ya tenemos dos vías.
Eso es, pero, ojo, porque el Tribunal Constitucional ya en el 95, fíjate, en la sentencia 119.1995, habló de una tercera vía, un tercium genus, lo llamó.
¿Una tercera vía? La democracia participativa o dialógica, que se basa más en el debate, en la argumentación.
Y es muy importante para un opositor distinguir estas tres, la representativa, la directa pura y esta participativa.
No son lo mismo para nada.
Entiendo, o sea, no solo votar o que te representen, sino también debatir.
¿Y esto cómo aterriza en lo local, en los ayuntamientos? Pues ahí la ley clave es la ley 70.1985, la LBRL, la de bases del régimen local.
La LBRL, claro.
Las fuentes no se meten en todos los artículos, pero sí mencionan una importante, el 71, que habla de las consultas populares.
Ah, sí, las consultas.
Pero cuidado, que son importantes, sí, pero no son vinculantes.
Esto es fundamental.
La decisión final, la última palabra, la tienen los órganos representativos, el Pleno, la Junta de Gobierno...
Vale, o sea, se consulta, pero no obliga.
Exacto, y la LLBR también impulsa otras cosas, estructuras más formales, las juntas municipales de distrito, los consejos sectoriales...
El Consejo de Ciudad, que en Zaragoza existe, ¿verdad? Sí, existe.
Ahora bien, lo que el estudio de la UNED deja muy claro, y esto es vital para entender cómo funcionan las cosas de verdad, es que una cosa es que existan en el papel y otra que tengan medios o poder real.
A veces, pues bueno, son más un requisito legal que un motor que impulse la participación de verdad.
Entendido. Tenemos el marco legal, pero luego está la práctica.
Y aquí entran conceptos que seguro que en un examen preguntan.
Transparencia, por ejemplo.
Me ha llamado la atención que las fuentes insisten mucho en que no es solo colgar datos y ya.
Claro, claro. Es que va mucho más allá.
Se vincula directamente al derecho a saber de la gente y al concepto este más amplio de gobierno abierto.
Gobierno abierto, sí.
Que no solo informar, es también facilitar que la gente participe en la gestión.
Fíjate, hasta hay indicios para medir la transparencia, como el ITA o el INDIP.
Podrían preguntar por ellos.
Interesante. ¿Y el otro gran pilar? Participación ciudadana.
Que, como decías, no es solo votar cada cuatro años.
Para nada.
Es tomar parte activa, individualmente o en colectivo, en las decisiones que te afectan, que afectan a tu barrio, a tu ciudad.
¿Y cómo se participa? ¿Qué ejemplos dan las fuentes? Pues mira, muy variados.
Desde procesos para elaborar normas locales, como hicieron en Ainsa, que implicaron a los vecinos en la redacción.
¡Qué bueno eso! O para definir planes importantes, como el Plan de Actuación Municipal en Figaro Montmany.
Y luego están las iniciativas legislativas populares.
Aunque, bueno, en España no tienen fuerza decisoria final.
Son mecanismos distintos con alcances diferentes.
Y comentabas antes esa distancia entre la ley y la realidad, entre la estructura formal y el poder real.
Supongo que los ejemplos de Aragón y Zaragoza que analizan van por ahí.
Totalmente.
El estudio de la UNED habla de cómo en Aragón se intentó diseñar un modelo propio de participación.
Y en Zaragoza se ve muy claro cómo los cambios políticos afectan.
Por ejemplo.
Pues, por ejemplo, la llegada de la coalición PP-Ciudadanos en 2019 supuso un cambio de rumbo claro respecto a los presupuestos participativos, los famosos PREPA, que había impulsado con fuerza la corporación anterior, la de Zaragoza en Común.
Ah, los PREPA.
Sí, sonaron bastante.
Demuestra que estas herramientas no son políticamente neutras, claro.
Dependen mucho de la voluntad política del momento.
Mencionaste antes, de pasada, el caso de la Plaza Salamero en Zaragoza, que las fuentes lo usan como ejemplo.
¿Qué pasó exactamente ahí? ¿Qué podemos aprender? Pues mira, es un caso de estudio perfecto de lo complejo que es esto.
Se usó una plataforma digital, Idea Zaragoza, para recoger propuestas ciudadanas para remodelar la plaza.
Suena bien, ¿no? Participación digital.
En teoría, sí.
¿Pero qué pasó? Que surgieron críticas muy fuertes.
Primero,
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