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Oposiciones Policía Nacional 4k1q3e
Por Malone y Peralta
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Un podcast para estudiar las Oposiciones de la Policía Nacional en buena compañía 2q351u
Un podcast para estudiar las Oposiciones de la Policía Nacional en buena compañía
Principios del Derecho Penal
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos En este podcast hablamos de todos los principios del derecho penal que garantizan el buen funcionamiento del ejercicio del ius puniendi del Estado. Los principios del Derecho Penal surgen de la necesidad de establecer límites al ejercicio del ius puniendi por parte del Estado. Estos principios garantizan un marco jurídico justo, aquí tenemos todos los principios: Principio de legalidad – «No hay delito ni pena sin ley previa» (art. 25 CE, arts. 1 y 2 ): Nadie puede ser condenado por un acto que no esté previamente tipificado como delito. Este principio se descompone en cuatro garantías que protegen distintos momentos del proceso penal: desde la creación del delito, hasta la ejecución de la pena. Garantía criminal: No hay delito sin ley previa. Garantía penal: No hay pena sin ley; la ley debe prever la pena correspondiente a cada conducta. Garantía jurisdiccional: No hay pena sin juicio legal, garantizado por un proceso justo. Garantía de ejecución: La ejecución de la pena está sujeta al control judicial. GARANTÍAQUÉ CONTROLAQUÉ EVITACriminalQue solo lo legalmente previsto sea delito. Castigar por algo que no era delito.PenalQue la pena esté fijada en la ley. Penas arbitrarias o inventadas. JurisdiccionalQue solo los jueces impongan penas. Castigos sin juicio.EjecuciónQue el cumplimiento de la pena sea legal. Abusos en la ejecución de la pena. Principio de tipicidad: Sólo se sancionan las conductas que encajen en un tipo penal definido legalmente. «Solo lo que encaja en un tipo penal es delito.» Principio de proporcionalidad: La pena debe ser adecuada al hecho cometido, mante- niendo equilibrio entre la gravedad de la infracción y la sanción impuesta. «La pena debe ser justa en relación con el delito.» Principio de humanidad: La pena debe respetar la dignidad humana, prohibiéndose tratos inhumanos o degradantes. «Las penas deben respetar la dignidad humana.» Principio de culpabilidad: No hay pena sin dolo o imprudencia. La responsabilidad penal requiere imputabilidad y capacidad de culpabilidad. «No hay pena sin dolo o imprudencia.» Principio de presunción de inocencia: Toda persona se presume inocente mientras no se demuestre lo contrario mediante prueba suficiente. «Inocente hasta que se demuestre lo contrario.» Principio de resocialización (art. 25.2 CE): Las penas privativas de libertad están orien- tadas a la reinserción social del penado. «La pena debe ayudar a la reinserción social.» Principio de territorialidad (art. 8 CC): La ley penal española se aplica a hechos come- tidos en territorio nacional, con excepciones extraterritoriales previstas legalmente. «La ley penal española se aplica dentro del territorio español.» Principio de irretroactividad (art. 2 y 25.1 CE): Una ley penal no puede aplicarse a hechos anteriores a su entrada en vigor, salvo si resulta más favorable para el reo. «Las leyes penales no se aplican hacia atrás (salvo si benefician al reo).» Principio del hecho: Solo se sancionan conductas que se hayan exteriorizado, es decir, que se hayan manifestado en hechos concretos. «Solo se castigan hechos, no intenciones o pensamientos.» Principio del bien jurídico: El Derecho Penal protege bienes jurídicos esenciales para la convivencia, como la vida, la libertad, la propiedad, etc. «El Derecho Penal protege bienes esenciales para la convivencia.» Principio de igualdad (art. 14 CE): Todas las personas son iguales ante la ley penal, sin que se permita discriminación alguna. «Todos son iguales ante la ley penal.» Principio de subsidiariedad: El Derecho Penal es la ultima ratio; sólo debe aplicar- se cuando los demás mecanismos del ordenamiento jurídico resulten insuficientes para proteger los bienes jurídicos. «El Derecho Penal es el último recurso.» La entrada Principios del Derecho Penal se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
24:23
Apagón histórico, infraestructuras críticas y el papel de la Policía Nacional
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos Hablamos del apagón eléctrico masivo sucedido el 28 de abril, las infraestructuras críticas, con su ley y el papel que tiene la Policía Nacional en estas situaciones de emergencia nacional. El pasado lunes 28 de abril de 2025, a las 12:33 horas, un apagón eléctrico masivo afectó a toda la península ibérica, dejando sin suministro eléctrico a millones de personas en España y Portugal. Este evento paralizó infraestructuras clave como hospitales, aeropuertos, redes de metro y ferrocarriles, además de provocar caos en el tráfico y dificultades en la vida cotidiana . Este incidente nos brinda la oportunidad de profundizar en varios aspectos relevantes para vuestra preparación: infraestructuras críticas, el papel de la Policía Nacional en su protección, el marco legal aplicable y las recomendaciones de la Unión Europea para la preparación ciudadana ante emergencias. ¿ Quieres un curso intensivo de Simulacros personalizado? Échale un ojo a esto: https://info.oposicionespolicianacional.com/curso-intensivo-personalizado-test 28/04/2025 ¡Atención opositores! Si debido al apagón no puedes asistir a la División de Formación y Perfeccionamiento el martes día 29 de abril para tu entrevista personal y reconocimiento médico, puedes solicitar el aplazamiento de las pruebas enviando un correo electrónico a [email protected], indicando tu nombre completo, número de opositor y teléfono de o, finalizando el plazo el miércoles día 30 de abril a las 23:59 horas. ¿Qué son las infraestructuras críticas? Las infraestructuras críticas son aquellas cuya interrupción o destrucción tendría un impacto significativo en la seguridad, la economía o el bienestar de la sociedad. En España, la Ley 8/2011, de 28 de abril, establece las medidas para la protección de estas infraestructuras, incluyendo sectores como la energía, el transporte, las telecomunicaciones y la salud. El apagón reciente evidenció la vulnerabilidad de estas infraestructuras. La pérdida súbita del 60% del suministro eléctrico en tan solo cinco segundos provocó la desconexión del sistema eléctrico español del resto de Europa, afectando gravemente al transporte público, hospitales, aeropuertos y comunicaciones. Artículo 1 – Objeto Este artículo establece el propósito de la ley: definir estrategias y estructuras para coordinar las acciones de las distintas istraciones públicas en la protección de infraestructuras críticas, mejorando así la prevención, preparación y respuesta del Estado frente a amenazas como atentados terroristas o fallos sistémicos. Artículo 2. Definiciones. d) Infraestructuras estratégicas: las instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre las que descansa el funcionamiento de los servicios esenciales. e) Infraestructuras críticas: las infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, por lo que su perturbación o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios esenciales. h) Criterios horizontales de criticidad: los parámetros en función de los cuales se determina la criticidad, la gravedad y las consecuencias de la perturbación o destrucción de una infraestructura crítica se evaluarán en función de: 1. El número de personas afectadas, valorado en función del número potencial de víctimas mortales o heridos con lesiones graves y las consecuencias para la salud pública. 2. El impacto económico en función de la magnitud de las pérdidas económicas y el deterioro de productos y servicios. 3. El impacto medioambiental, degradación en el lugar y sus alrededores. 4. El impacto público y social, por la incidencia en la confianza de la población en la capacidad de las istraciones Públicas, el sufrimiento físico y la alteración de la vida cotidiana, incluida la pérdida y el grave deterioro de servicios esenciales. Artículo 3 – Ámbito de aplicación Determina que la ley se aplica a las infraestructuras críticas ubicadas en territorio español, incluyendo aquellas designadas como críticas europeas que afecten a España, y a los operadores que las gestionan. 2. Se exceptúan de su aplicación las infraestructuras dependientes del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que se regirán, a efectos de control istrativo, por su propia normativa y procedimientos. Artículo 5 – Finalidad 1. El Sistema de Protección de Infraestructuras Críticas (en adelante, el Sistema) se compone de una serie de instituciones, órganos y empresas, procedentes tanto del sector público como del privado, con responsabilidades en el correcto funcionamiento de los servicios esenciales o en la seguridad de los ciudadanos. 2. Son agentes del Sistema, con las funciones que se determinen reglamentariamente, los siguientes: a) La Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. b) El Centro Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas. c) Los Ministerios y organismos integrados en el Sistema, que serán los incluidos en el anexo de esta Ley. d) Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía. e) Las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Ciudades con Estatuto de Autonomía. f) Las Corporaciones Locales, a través de la asociación de Entidades Locales de mayor implantación a nivel nacional. g) La Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas. h) El Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Protección de las Infraestructuras Críticas. i) Los operadores críticos del sector público y privado. Artículo 6 – La Secretaría de Estado de Seguridad La Secretaría de Estado de Seguridad es el órgano superior del Ministerio del Interior responsable del Sistema de Protección de las infraestructuras críticas nacionales. Artículo 7 – El Centro Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas (CNPIC) Crea el CNPIC como órgano encargado de impulsar, coordinar y supervisar todas las actividades relacionadas con la protección de infraestructuras críticas en el territorio nacional. Artículo 14 – Instrumentos de planificación del Sistema Detalla los planes de actuación necesarios para proteger las infraestructuras críticas frente a amenazas, incluyendo: El Plan Nacional de Protección de las Infraestructuras Críticas. Los Planes Estratégicos Sectoriales. Los Planes de Seguridad del Operador. Los Planes de Protección Específicos. Los Planes de Apoyo Operativo. Consejo de Seguridad Nacional Según el propio Departamento de Seguridad Nacional el Consejo de Seguridad Nacional es el órgano al que corresponde asistir al Presidente del Gobierno en la dirección de la política de Seguridad Nacional y del Sistema de Seguridad Nacional, así como ejercer las funciones que se le atribuyan en la Ley de Seguridad Nacional y se le asignen por su reglamento. El Consejo de Seguridad Nacional Posibles causas del apagón – fuentes oficiales Las causas exactas del apagón aún están siendo investigadas. Red Eléctrica de España atribuyó el incidente a una fuerte oscilación en el flujo de potencia de origen desconocido. Se descartaron ciberataques o sabotajes, aunque el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) continúa analizando el suceso. Aunque la vicepresidenta de la Comisión Europea, Teresa Ribera, ha asegurado este lunes que no hay nada que indique que el apagón masivo en España y Portugal haya sido intencionado, desde Moncloa y el CNI no descartan que se trate de un posible ciberataque y lo investigan como tal. Papel de la Policía Nacional en la protección de infraestructuras críticas La Policía Nacional desempeña un papel crucial en la protección de infraestructuras críticas. Según la Ley 8/2011, colabora con el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC) en la identificación y protección de estas infraestructuras. Más de 30.000 efectivos de @policia y @guardiacivil han estado desplegados durante la jornada de ayer y la madrugada de este martes en toda España. Durante el apagón, la Policía Nacional participó en la activación del Nivel 3 de Emergencia Nacional, desplegando unidades para reforzar la seguridad en ocho comunidades han decretado el nivel 3 de alerta de protección civil. Eso significa que es el Estado, el gobierno central, el que asume el mando en esos territorios. Son Madrid, La Rioja, Galicia, Andalucía, Murcia, Castilla-La Mancha, Extremadura y la Comunitat Valenciana. Además, colaboró en el mantenimiento del orden público, la prevención de saqueos y la asistencia en situaciones de emergencia. Este nivel de emergencia incluye la posible movilizar efectivos del ejército si fuera necesario, aunque la normalidad parece alejar esa posibilidad. Pero sí ha participado el ejército para aportar algunos generadores. Marco legal y coordinación interinstitucional La protección de infraestructuras críticas en España se enmarca en un conjunto de leyes y planes estratégicos: Ley 8/2011: Establece las medidas para la protección de infraestructuras críticas. Plan Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (PNPIC): Define las estrategias y acciones para garantizar la seguridad de estas infraestructuras. Planes de Protección Específicos (PPE): Elaborados por los operadores de infraestructuras críticas en coordinación con el CNPIC. La coordinación entre la Policía Nacional, el CNPIC, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y otras entidades es esencial para prevenir y responder eficazmente a amenazas que puedan afectar a estas infraestructuras. Recomendaciones de la Unión Europea: kit de supervivencia de 72 horas A raíz de la creciente inestabilidad global, la Comisión Europea recomendó en marzo de 2025 que los ciudadanos estén preparados para afrontar emergencias que puedan interrumpir los servicios básicos. Se aconseja disponer de un kit de emergencia para al menos 72 horas, que incluya: Agua embotellada (mínimo 5 litros por persona). Alimentos no perecederos y fáciles de preparar. Radio a pilas. Linterna y baterías de repuesto. Hornillo o cocina portátil con gas envasado. Medicamentos y botiquín de primeros auxilios. Documentos de identidad y dinero en efectivo. Artículos de higiene personal. Ropa de abrigo y mantas. Cinta adhesiva y herramientas básicas . Esta recomendación busca aumentar la resiliencia ciudadana ante posibles crisis, como apagones eléctricos, desastres naturales o ciberataques. Cuidado Ojo en estos momentos ante posibles estafas ¿Recibes una llamada en la que te ofrecen restablecerte el suministro eléctrico y te piden el número de tu cuenta bancaria? Cuidado y confía únicamente en fuentes oficiales, ante la duda consulta y #NOPIQUES La entrada Apagón histórico, infraestructuras críticas y el papel de la Policía Nacional se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
30:20
Tres grandes autores de la Escuela Positiva Italiana
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos Exploramos la Escuela Positiva italiana, una corriente revolucionaria en la criminología que transformó radicalmente cómo comprendemos el delito y al delincuente. Enfocamos nuestra atención especialmente en los tres principales autores: Cesare Lombroso, Enrico Ferri y Raffaele Garofalo. Introducción a la Escuela Positiva Italiana: Surgió a finales del siglo XIX en Italia como reacción frente al pensamiento filosófico-racionalista que predominaba hasta entonces. Se diferenció claramente de la Escuela Clásica, rechazando el libre albedrío como única explicación del delito, y enfatizando factores determinantes externos e internos del criminal. Características esenciales de la Escuela Positiva: Enfoque empírico-científico riguroso, basado en la observación, investigación y experimentación. Centrado en el delincuente como persona, no solo en el delito cometido. Estudio integral de causas biológicas, psicológicas y sociales como determinantes en la comisión de delitos. Tres grandes autores que definieron la Escuela Positiva Italiana: Cesare Lombroso (1835-1909): Considerado el fundador de la criminología moderna. Médico y antropólogo, postuló la teoría del «criminal nato», defendiendo que algunos delincuentes podían identificarse por rasgos físicos específicos, como asimetría craneal, mandíbulas prominentes o anomalías faciales. Clasificó a los delincuentes en: Criminal nato o atávico: individuos con características físicas y biológicas que los predisponen naturalmente al delito. Criminal loco moral: individuos sin sentido ético ni remordimiento, aunque no necesariamente con deficiencias intelectuales. Criminal epiléptico: personas con trastornos epilépticos que podían influir en conductas violentas. Criminal loco: personas con trastornos mentales severos que los conducen a actos delictivos. Criminal ocasional: individuos que delinquen bajo circunstancias específicas, sin predisposición natural al delito. Criminal pasional: individuos que actúan movidos por emociones fuertes, sin antecedentes delictivos previos. Su obra «El hombre delincuente» revolucionó la criminología y estableció la criminología científica, aunque posteriormente recibió críticas por su determinismo biológico. Curiosidades sobre Cesare Lombroso: Lombroso tenía una fascinación particular por estudiar cráneos humanos y, de hecho, coleccionaba cráneos y cerebros de criminales que exhibía en su laboratorio personal. Una de sus ideas más controversiales fue la del «atavismo criminal», que sugería que los criminales representaban un retroceso evolutivo hacia formas más primitivas de la especie humana. Lombroso analizó la supuesta criminalidad en grandes figuras históricas como Napoleón y Sócrates, argumentando que tenían características típicas del «criminal nato». Enrico Ferri (1856-1929): Discípulo y continuador de Lombroso, enriqueció la teoría positivista al integrar factores sociales y económicos. Propuso la teoría multifactorial del delito, identificando elementos biológicos, psicológicos y sociales en la génesis del crimen. Hizo una clasificación de los factores que influyen en el delito: A) Antropológicos. B) Físicos o cosmotelúricos. C) Sociales. Clasificó a los delincuentes según factores dominantes: Criminal nato o instintivo: individuos que presentan una predisposición biológica e innata para delinquir. Criminal loco: personas cuyo comportamiento delictivo deriva de trastornos mentales. Criminal pasional: individuos que cometen delitos impulsados por emociones intensas, generalmente en circunstancias excepcionales. Criminal ocasional o situacional: individuos que delinquen influenciados principalmente por circunstancias externas o coyunturales. Criminal habitual: personas con historial delictivo constante, reincidentes y difíciles de rehabilitar. Fue defensor de políticas preventivas y sugirió reformas penales importantes para mejorar la prevención y tratamiento del delito. Curiosidades sobre Enrico Ferri: Ferri no solo fue criminólogo, también tuvo una carrera política destacada: fue diputado socialista y destacó por impulsar reformas sociales con la intención de prevenir el delito mediante mejoras económicas y sociales. Fue pionero en sugerir que factores como la pobreza y la educación insuficiente tenían un papel más determinante en el crimen que los rasgos biológicos o físicos. Ferri protagonizó acalorados debates públicos en Italia contra los defensores de la Escuela Clásica, lo que popularizó la criminología positiva en la sociedad italiana de la época. Raffaele Garofalo (1851-1934): Jurista italiano que introdujo el concepto de «delito natural», actos criminales universales reconocidos por todas las sociedades, independientes de las leyes vigentes. Clasificó a los delincuentes en función de su peligrosidad y tipo de delito: El asesino: individuos peligrosos que cometen homicidios y actos violentos extremos. El delincuente violento: individuos que recurren a actos violentos, aunque no necesariamente homicidas. El ladrón: personas especializadas en delitos contra la propiedad, con inclinación constante hacia la actividad delictiva. El delincuente lascivo: individuos que cometen delitos sexuales, guiados por una moralidad desviada y una compulsión sexual patológica. Propuso sistemas diferenciales de tratamiento basados en la peligrosidad específica de cada delincuente. Curiosidades sobre Raffaele Garofalo: Garofalo fue quien acuñó formalmente el término «criminología» en 1885, consolidando así esta ciencia emergente. Su concepto de «delito natural» fue revolucionario porque propuso la idea de que ciertos delitos eran inherentemente malos en cualquier sociedad y época, como el asesinato y la violación, independientemente de las leyes escritas. Garofalo creía que los delincuentes más peligrosos eran «incorregibles» y llegó a defender la eliminación o separación permanente (prisión perpetua o pena capital) para algunos casos extremos. Impacto histórico y críticas: La Escuela Positiva influyó decisivamente en políticas criminales modernas, fomentando la rehabilitación del delincuente más que solo la retribución. Críticas por el determinismo biológico, potencial discriminación y estigmatización de ciertos grupos sociales y étnicos. Legado actual de la Escuela Positiva: Los principios positivistas todavía impactan profundamente en las ciencias criminológicas actuales, especialmente en su enfoque interdisciplinario. La combinación de análisis biológico, psicológico y social sigue vigente en políticas preventivas y penitenciarias contemporáneas. PREGUNTAS OFICIALES Examen de teoría – Oposiciones Escala Básica de Policía Nacional Promoción 35 Según la teoría de Enrico Ferri, son factores del delito: a) Factores Antropológicos, Físicos o Cosmo-telúricos y Sociales. b) Factores Antropológicos, de Densidad y las Costumbres. c) Factores Sociales, Ambientales y Familiares. La entrada Tres grandes autores de la Escuela Positiva Italiana se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
25:57
Cómo usar Inteligencia Artificial para opositar
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos Hablamos de la nueva actualización de OPN Test: Inteligencia OPN. Una herramienta fundamental para resolver dudas del temario tras realizar una pregunta de tipo test y hacemos un par de demostraciones. A día 15 de abril hemos lanzado la Inteligencia OPN en OPN Test, nuestra app para hacer tests. Si ya era una aplicación completa, ahora lo es mucho más. ¿Qué es Inteligencia OPN? Inteligencia Artificial entrenada para ser experta en el temario de la oposición a Policía Nacional. La tienes disponible en OPN Test, al finalizar una pregunta podrás chatear con la IA para preguntarle cosas como: «Explícame por qué he fallado esta pregunta». «Cuánto de difícil es esta pregunta». «¿A qué artículo hace referencia esta pregunta?» «Dame un truco o nemotecnia para aprender esto». «¿Por qué la opción charlie no es correcta?» «Hazme una tabla resumen con esa parte del temario». «Hazme una tabla para diferenciar bien las tres opciones». Etc. Cualquier duda que tengas puedes preguntarle a la Inteligencia OPN. Eso sí, es una versión Beta, recién ha salido del horno, por lo que cualquier anomalía detectada agradecemos que la hagáis llegar al Soporte Técnico de OPN para poder solventarla. Te contamos todo esto y más en el podcast. ¿A qué esperas para probar la Inteligencia OPN? Prueba INTELIGENCIA OPN aquí. La entrada Cómo usar Inteligencia Artificial para opositar se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
21:53
Nuevo Real Decreto para regular el DNI y su nueva versión digital
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos Analizamos el nuevo Real Decreto 255/2025, publicado en el BOE el 2 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad, tanto en su formato físico como en el nuevo formato digital. Una norma que no solo moderniza este documento esencial, sino que también tiene implicaciones prácticas para el trabajo diario de un agente del Cuerpo Nacional de Policía. Novedades de la comunidad Actualizamos la app: Inteligencia OPN Miércoles 9: seminario de inglés a las 18:30 horas. Podcast : ronda de preguntas oficiales: tema 27 Nuevo esquema: derechos de los extranjeros en España. Objetivo Real Decreto 255/2025 Este Real Decreto tiene como objetivo principal regular todo el proceso de expedición, gestión y desarrollo del DNI en sus dos versiones: física y digital. Es decir, se adapta a la realidad tecnológica actual y busca integrar el DNI en un entorno cada vez más digital, seguro y accesible para toda la ciudadanía. También sirve para cumplir con obligaciones de carácter europeo, especialmente con el Reglamento (UE) 2019/1157, que refuerza la seguridad de los documentos de identidad en la Unión Europea. Y no menos importante: unifica normas anteriores dispersas sobre el DNI, aclarando criterios que hasta ahora generaban confusión y mejorando la seguridad jurídica. ¿Qué es el DNI? 1. El Documento Nacional de Identidad es un documento personal e intransferible emitido por el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía, que goza de la protección que a los documentos públicos y oficiales otorgan las leyes. Fines: 3. El Documento Nacional de Identidad es el único documento con suficiente valor por sí solo para la acreditación, a todos los efectos, de la identidad y los datos personales de su titular. Permite la identificación electrónica de su titular, así como la firma electrónica de documentos, en los términos previstos en la legislación específica. También encontramos esto regulado en el artículo 8 de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana. Pregunta oficial: EB PROMOCIÓN XXXVIII 38. El Documento Nacional de Identidad es: a) Un documento público y oficial con suficiente valor para la acreditación de la identidad y los datos personales de su titular. b) El documento público y oficial con valor por sí solo para la acreditación de la identidad y los datos personales de su titular. c) El único documento con suficiente valor por sí solo para la acreditación, a todos los efectos, de la identidad y los datos personales de su titular. Nuevo DNI digital El nuevo DNI no solo se podrá obtener en formato físico, sino también en formato digital, a través de una aplicación móvil segura. Este nuevo formato mantendrá la misma validez legal que el físico. Además, se incorporan elementos técnicos como: Almacenamiento seguro de la imagen facial y huellas dactilares (excepto en menores de 6 años). Uso de firma electrónica cualificada. Compatibilidad con estándares de la infraestructura europea de identidad digital. Certificados electrónicos que permiten la identificación online segura, tanto ante istraciones públicas como empresas privadas. Esto significa que la identificación digital del ciudadano podrá hacerse de forma remota y segura. Fundamental en el contexto actual. PASO A PASO OBTENER EL DNI DIGITAL: REGISTRO: Desde casa con internet si tienes lector de tarjeta, en la web: midni.gob.es En un puesto de Actualización de Documentación en la Policía Nacional Cuando vayas a renovar el DNI. APP MIDNI– gratuita: descargar. Activación: abrir la app y seguir los pasos: número de DNI con letra y número de soporte. Elegir método de desbloqueo, código de activación y ya tendrías el DNI en el móvil. Derechos y obligaciones de los ciudadanos El Real Decreto reafirma que todas las personas con nacionalidad española tienen derecho a obtener el DNI, y que su obtención es obligatoria a partir de los 14 años, tanto si residen en España como si se trasladan desde el extranjero por más de seis meses. Además: El DNI es personal e intransferible. Es obligatorio exhibirlo cuando sea requerido por la autoridad o sus agentes. Su pérdida o sustracción debe ser denunciada lo antes posible. Papel de la Policía Nacional La expedición y gestión del DNI sigue siendo competencia exclusiva del Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía. ¿Y qué implica esto para ti como futuro agente? Significa que estarás en o directo con procesos como: Tramitación del DNI físico y digital. Recogida de datos biométricos. Validación de documentación. Atención al ciudadano en dependencias policiales. Como opositor o futura opositora, es clave que conozcas bien estas funciones, ya que forman parte de los servicios públicos esenciales que presta el Cuerpo Nacional de Policía. Pregunta oficial: Escala Básica 2017 46. Según la distribución material de competencias establecida en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad será ejercida por el Cuerpo Nacional de Policía: a. La expedición del documento nacional de identidad y de los pasaportes, el control de entrada y salida del territorio nacional de los españoles y extranjeros, la investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga y lo previsto en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración. b. La expedición del documento nacional de identidad y de los pasaportes, la investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga, la conducción interurbana de presos y detenidos, y lo previsto en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración. c. La expedición del documento nacional de identidad y de los pasaportes, el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros, la investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga y lo derivado de la legislación vigente sobre armas y explosivos. Adaptación al entorno europeo y digital Este decreto también responde a una exigencia de la Unión Europea: crear un espacio común de identificación digital. Así, el DNI español estará plenamente integrado en esta red, permitiendo una identificación válida en cualquier país de la UE, y con garantías de ciberseguridad y protección de datos. También se alinea con la Ley Orgánica de Protección de Datos y con los principios del procedimiento istrativo común, garantizando un uso responsable y seguro de la información personal. La entrada Nuevo Real Decreto para regular el DNI y su nueva versión digital se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
26:33
Nota de corte más alta de la oposición a Policía Nacional Escala Básica en la Promoción XLI
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos En este podcast comentamos la nota de corte más alta de la oposición, hablamos de los pasos a seguir ahora tanto para los aptos como para los no aptos y mucho más. Ya tenemos por fin la nota de corte del examen de la oposición a Policía Nacional Escala Básica en la Promoción XLI, finalmente el corte se ha quedado en un 7,7272. Una nota bastante alta para lo que generalmente estamos acostumbrados. Aunque, si nos ponemos a revisar los datos de la app OPNTest, la nota estimada es, en el percentil 80, de 7,77, con un error menor del 1% es una estimación muy acertada. Al final, los datos no fallan. Os recordamos que el martes 25 Malone impartirá un seminario crucial donde os mostrará la fórmula de OPN para ser Policía Nacional de aquí a 6 meses. Descubrirás las claves para poder aprobar la oposición, con una metodología personalizada, una estrategia eficaz, basándose en la tecnología y los datos. Os dejamos por aquí el link, ¡recordad que hay plazas limitadas! https://oposicionespolicianacional.com/seminario/seminario-25-marzo-2025/ Queremos mandar también un abrazo enorme y mucho ánimo para aquellos que en esta convocatoria os habéis quedado fuera del corte. Entendemos que son momentos de mucho estrés, que la cabeza da muchas vueltas, pero tirar la toalla nunca es una opción. La XLII está más cerca de nunca (literalmente) y hay que ponerse de nuevo a tope. Para los que tenéis vuestro apto, ¡¡¡enhorabuena!!! Estáis un pasito más cerca de Ávila, de vestir ese uniforme azul, pero no os durmáis, esto no ha terminado aún. Recordad que todavía tenéis que pasar la entrevista. Si necesitáis un empujón con la entrevista, tenéis un curso disponible donde os damos las claves principales para solventarla con la mejor precisión posible. Aquí tenéis el link: https://oposicionespolicianacional.com/curso-entrevista-personal/ La entrada Nota de corte más alta de la oposición a Policía Nacional Escala Básica en la Promoción XLI se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
22:56
Análisis del examen Escala Básica Promoción XLI
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos Hablamos del examen de la Promoción XLI de la Escala Básica haciendo un análisis de las preguntas más difíciles, las cazadas en nuestro curso de Simulacros y el resto de pruebas. Preguntas más difíciles según los datos recogidos en OPN 2. ¿Qué movimiento social surge como rechazo a la propuesta de un Acuerdo Multilateral de Inversiones, realizada en el marco de la OCDE a comienzos de 1998, que debía ser firmado por los países más ricos del mundo con la pretensión de constituirse en una especie de Constitución Mundial del Capital? a) El Movimiento Antiglobalización. b) El Fórum Social Mundial. c) El Foro de Davos. 19. Los ejes de actuación del Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia se encuadran en la Estrategia Integral contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, siendo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad uno de los ejes prioritarios donde se lleva a cabo varios proyectos, entre os que NO se halla: a) PROXIMITY B) FIRIR. C) PANDORA. 34. ¿Quién asume la gestión, asesoramiento y apoyo, a través de la Oficina del Policía, del personal adscrito a la Dirección General de la Policía? a) La Secretaría General del Gabinete Técnico. b) La Secretaría General de la División de Personal. c) La Secretaría General de la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación. 46. Conforme dispone el vigente Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, podrán obtener una autorización de residencia, por un periodo de doce meses, los extranjeros que por arraigo para la formación acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de: a) Un año. b) Dos años. c) Tres años. 66. ¿Cuál de las siguientes frases está escrita correctamente? a) Los lugareños veneran con devoción una antigua imagen de la Virgen albergada en la hermita. b) Los investigadores descubrieron una nueva especie de planta durante la expedición del onceavo mes. c) Las reacciones químicas exotérmicas liberan energía en forma de calor, mientras que las endotérmicas absorben energía del entorno. 69. ¿Cuál es una de las funciones del Consejo de Policía? a) La emisión de informes en los expedientes disciplinarios que se instruyan por faltas graves contra cualquier miembro de la Policía Nacional. b) La participación en el establecimiento de los criterios generales de acción sindical. c) El estudio de los datos relativos al personal que pasa a las situaciones de seguridad activa y jubilación por lesiones sufridas en acto de servicio. 86. Indique cuál de las siguientes frases está escrita correctamente: a) El reciclaje adecuado de deshechos electrónicos reduce la contaminación por metales pesados. b) Tras un largo día de trabajo, finalmente se sentó en el sillón y pudo disfrutar agusto de la tranquilidad del hogar. c) La genialidad de Salvador Dalí es un caso aparte en la historia del arte. 88. ¿Cómo se denomina el sesgo cognitivo por el que un analista de inteligencia tiende a confiar más en la primera información que ha recibido para la toma posterior de decisiones en detrimento de otras? a) Sesgo de punto ciego. b) Sesgo de efecto anclaje. c) Sesgo de compensación de riesgo. Preguntas cazadas Curso de Simulacro XLI OPN SIMULACRO XLI 5 Correcta: c) Opción alfa –> heurístico de ilusión de frecuencia cuando se da la situación de que algo es importante para nosotros y, por tanto, procedemos a activarnos y a fijarnos solo en fenómenos similares. -Opción bravo –> Heurísticos de simulación: es la tendencia a predecir la probabilidad de un hecho basándose en la habilidad para conjeturar o recrearlo. -Opción charlie –> El sesgo de anclaje es un sesgo cognitivo generalizado que nos hace confiar demasiado en la información que recibimos al principio del proceso de toma de decisiones. Como utilizamos esta información de «anclaje» como punto de referencia, nuestra percepción de la situación puede resultar sesgada. SIMULACRO XLI 2 Correcta: a) Según la Orden INT/2573/2015, de 30 de noviembre, por la que se determinan las especificaciones técnicas que deben reunir los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados, Los vehículos irán provistos de climatización que permita mantener una temperatura aproximada en los distintos habitáculos entre 18 ºC y 28 ºC. Como viene la pregunta en el examen: 67. Conforme regula la Orden INT/2573/2015, los vehículos celulares para el transporte de detenidos, presos y penados de hasta nueve plazas, incluido el conductor y escolta irán provistos de una climatización que permita mantener una temperatura aproximada en los distintos habitáculos entre: a) 15º C y 25ºC b) 18ºC y 28ºC c) 20ºC y 30º C SIMULACRO XLI 8 Correcta: c) Según el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los funcionarios que están adscritos a las Unidades de Policía Judicial dependen funcionalmente del Ministerio del Interior, ya que forman parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Sin embargo, orgánicamente, estos funcionarios dependen de los Jueces, Tribunales o Ministerio Fiscal que estén conociendo del asunto en el que están investigando, lo que les otorga una relación funcional con los órganos judiciales cuando se lleva a cabo una investigación. Según el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad En el cumplimiento de sus funciones, los funcionarios adscritos a Unidades de Policía Judicial dependen orgánicamente del Ministerio del Interior y funcionalmente de los Jueces, Tribunales o Ministerio Fiscal que estén conociendo del asunto objeto de su investigación. Como viene en el examen: 99. En el cumplimiento de sus funciones, los funcionarios adscritos a Unidades de Policía Judicial dependen: a) Orgánicamente del Ministerio del Interior. b) Orgánicamente del Ministerio de Justicia. c) Orgánicamente de lo Jueces, Tribunales o Ministerio Fiscal que estén conociendo del asunto objeto de su investigación. SIMULACRO XLI 8 Correcta: c) Según el artículo 25 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito. Durante la fase de enjuiciamiento podrán ser adoptadas, conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las siguientes medidas para la protección de las víctimas: a) Medidas que eviten el o visual entre la víctima y el supuesto autor de los hechos, incluso durante la práctica de la prueba, para lo cual podrá hacerse uso de tecnologías de la comunicación. b) Medidas para garantizar que la víctima pueda ser oída sin estar presente en la sala de vistas, mediante la utilización de tecnologías de la comunicación adecuadas. c) Medidas para evitar que se formulen preguntas relativas a la vida privada de la víctima que no tengan relevancia con el hecho delictivo enjuiciado, salvo que el Juez o Tribunal consideren excepcionalmente que deben ser contestadas para valorar adecuadamente los hechos o la credibilidad de la declaración de la víctima. d) Celebración de la vista oral sin presencia de público. En estos casos, el Juez o el Presidente del Tribunal podrán autorizar, sin embargo, la presencia de personas que acrediten un especial interés en la causa. AQUÍ ESTÁ LA CLAVE!!!!! –> Las medidas a las que se refieren las letras a) y c) también podrán ser adoptadas durante la fase de investigación. (Tal y como dice la Ley) Como viene en el examen: 6. En relación con la medida de protección consistente en evitar el o visual entre la víctima y el supuesto autor de los hechos, incluso durante la práctica de la prueba, para lo cual podrá hacerse uso de las tecnologías de la comunicación, ¿durante qué fase podrán ser adoptadas según la Ley 4/2015? a) Durante la fase de investigación. b) Durante la fase de ejecución. c) Durante la fase de enjuiciamiento. SIMULACRO XLI 9 Correcta: c) Reconocimientos médicos y medidas sanitarias preventivas (opción a): Según el artículo 10 del Real Decreto 2/2006, estas medidas son voluntarias, salvo: – Cuando una norma establezca que deben ser obligatorias para determinados casos. – Si son necesarias para detectar patologías que puedan causar grave riesgo para los funcionarios o los ciudadanos. La vigilancia médica es generalmente voluntaria, excepto en casos de grave riesgo. Comunicación de resultados (opción b): Los resultados de la vigilancia sí deben ser comunicados a los funcionarios afectados, respetando la confidencialidad y protección de datos. Por lo tanto, ninguna de las opciones es correcta. Según el artículo 10 del Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, La Dirección General de la Policía garantizará la vigilancia periódica del estado de salud de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, en orden a la prevención de los riesgos inherentes a la función policial. Dichas actuaciones se concretarán, de manera fundamental, en la realización de reconocimientos médicos y en el desarrollo de campañas de inmunizaciones y de protección de la salud que en cada momento aconseje el análisis de los riesgos generales de la población y de los específicos de los funcionarios policiales. Los reconocimientos médicos, así como las demás medidas sanitarias de carácter preventivo y la istración de vacunas, serán VOLUNTARIOS, salvo que una norma establezca otra previsión para determinados casos, o cuando resulten necesarios para la detección de patologías que puedan causar grave riesgo para los propios funcionarios o para los ciudadanos, en cuyo caso serán de carácter obligatorio y se informará a los representantes de los funcionarios. Como viene en el examen. 36. La Dirección General de la Policía garantiza la vigilancia periódica de la salud de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Los reconocimientos médicos establecidos para la prevención de los riesgos inherentes a la función policial serán: a) Siempre de carácter voluntario y en todo caso se deberá optar por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al funcionario y que sean proporcionales al riesgo. b) Siempre de carácter obligatorio y la negativa injustificada a someterse a reconocimiento médico, prueba de alcoholemia o de detección de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, legítimamente ordenadas, a fin de constatar la capacidad psicofísica para prestar servicio, comportará una falta disciplinaria muy grave. c) Los reconocimientos médicos serán voluntarios, pudiendo resultar obligatorios en determinados casos. Psicotécnicos 40 ejercicios. 27 minutos. Ómnibus variado. Nota media: 4. La entrada Análisis del examen Escala Básica Promoción XLI se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
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Policía Nacional explica Qué Es la Unidad de Participación Ciudadana | Entrevista a Manuel Márquez
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Guardar en favoritos Entrevistamos a Manuel Márquez, Policía Nacional en activo perteneciente a la Unidad de Participación Ciudadana. Nos habla de esta unidad, de ciberdelincuencia, de Ávila, anécdotas, responde a preguntas de alumnos, etc. ¿Qué papel juega la Policía en la sociedad? ¿Cómo trabajan para prevenir delitos y fortalecer la seguridad a través de la colaboración con los ciudadanos? En esta conversación, desglosamos todo lo que necesitas saber sobre esta importante labor dentro del cuerpo policial. En este episodio descubrirás: Ciberseguridad y los peligros en redes para menores y adultos. Desmontamos clichés: ¿Es imprescindible la fuerza física? ¿Todos los policías están en persecuciones y atracos? La mujer en la Policía: ¿Es verdad que su rendimiento es menor por cuestión física? Ronda de preguntas de alumnos de la comunidad OPN con Irene Fuentes. ¡Únete a la comunidad y haznos saber tus preguntas para nuestros invitados! Liza, director de OPN Físicas, nos habla de la importancia del deporte en la oposición. La entrada Policía Nacional explica Qué Es la Unidad de Participación Ciudadana | Entrevista a Manuel Márquez se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
01:34:26
Cómo enfrentar tus miedos como opositor
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Guardar en favoritos El miedo al examen es una reacción natural, pero puede gestionarse para mejorar el rendimiento. Para ello, es clave cambiar la percepción del miedo, viéndolo como una activación positiva que prepara al cuerpo para rendir mejor. La planificación del estudio es esencial para reducir la ansiedad. Dividir el temario, realizar simulacros y emplear técnicas como el método Pomodoro ayuda a fortalecer la confianza. Además, el uso de técnicas de relajación, como la respiración diafragmática y la visualización positiva, contribuye a mantener la calma. Es importante también desafiar pensamientos negativos, sustituyéndolos por afirmaciones realistas que refuercen la confianza. Cuidar el cuerpo mediante el descanso adecuado, la alimentación balanceada y el ejercicio físico potencia la concentración y la memoria. Aceptar la incertidumbre y confiar en el proceso es fundamental. Una oposición es un reto a largo plazo, por lo que cada intento es una oportunidad de aprendizaje. La entrada Cómo enfrentar tus miedos como opositor se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
16:27
Un repaso de los tipos de memoria en dispositivos
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Guardar en favoritos En el mundo de la informática, entender los distintos tipos de memoria es fundamental para comprender cómo se gestionan y almacenan los datos en un sistema. En este programa, exploraremos las características y particularidades de cada tipo de memoria: Disco Duro, Memoria Caché, Memoria RAM, Memoria ROM y Memoria SWAP. 1. Disco Duro Características Función: Almacena toda la información generada por el : programas, archivos de música, imágenes, vídeos, entre otros. Persistencia: Es una memoria pasiva, estática y no volátil, lo que significa que conserva la información incluso cuando el dispositivo está apagado. Tipos de Disco Duro HDD (Hard Disk Drive): Utiliza discos giratorios. Cuenta con un brazo móvil que lee y escribe la información. SDD (Solid State Drive): Construido a partir de circuitos electrónicos. No posee partes móviles, lo que lo hace más rápido y resistente a golpes. 2. Memoria Caché Características Ubicación: Se sitúa entre la memoria RAM y el procesador. Función: Acelera el intercambio de datos, optimizando el rendimiento del sistema. Tipos de Caché Caché L1: Es la más rápida pero ofrece menor capacidad. Caché L2: Proporciona un equilibrio entre velocidad y capacidad. Caché L3: Posee mayor capacidad, aunque es algo más lenta en comparación. Consideraciones Adicionales Ventajas: Solución rápida y económica para mejorar el rendimiento cuando la RAM resulta insuficiente. Desventajas: Aunque eficiente, es generalmente más lenta que la memoria RAM. 3. Memoria RAM Características Función: Almacena temporalmente los datos e instrucciones de los programas en ejecución. Naturaleza: Es una memoria activa que opera únicamente mientras el dispositivo está encendido. Volatilidad: La RAM es volátil, lo que significa que pierde toda la información al apagar el sistema. Tipos de RAM SDRAM (Synchronous DRAM): Es una memoria estática, más rápida y con un costo mayor. No requiere actualización constante. RDRAM (Rambus DRAM): Es dinámica y se actualiza periódicamente. Generalmente es más económica, aunque con una velocidad inferior. 4. Memoria ROM Características Función: Almacena las instrucciones esenciales para que el dispositivo arranque, conocidas como BIOS. Persistencia: Es una memoria pasiva, estática y no volátil, por lo que retiene la información permanentemente. Tipos de ROM PROM (Programmable ROM): Se puede programar una única vez. EPROM (Erasable Programmable ROM): Permite ser programada y posteriormente borrada mediante exposición a luz ultravioleta. EEPROM (Electrically Erasable Programmable ROM): Se puede borrar y reprogramar eléctricamente. 5. Memoria SWAP Características Función: Actúa como una extensión de la memoria RAM, ofreciendo memoria adicional cuando ésta se ve saturada al abrir muchas aplicaciones. Gestión: Es utilizada exclusivamente por el sistema operativo, similar a la memoria caché, pero destinada a aliviar la carga de la RAM. Rendimiento: Aunque útil para mantener el funcionamiento del sistema en situaciones de alta demanda, suele ser más lenta que la memoria RAM. La entrada Un repaso de los tipos de memoria en dispositivos se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
20:19
Nota de corte, percentil y conclusiones del último gran simulacro en abierto de OPN
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Guardar en favoritos En este podcast, hablamos de cómo ha ido el Simulacro XLI 9 de OPN realizado por casi 900 opositores, vemos nota de corte, percentil y conclusiones. Para acceder al curso de simulacros, pídenos información y te contamos. Percentil Percentil 80 = 5,86 (Nota de corte) La entrada Nota de corte, percentil y conclusiones del último gran simulacro en abierto de OPN se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
23:50
Nuevo modelo de respuesta policial a la Violencia de Género
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Guardar en favoritos Hoy vamos a profundizar en un tema de gran relevancia social y legal: la violencia de género y, específicamente, las novedades y actualizaciones del protocolo de valoración del nivel de riesgo y el seguimiento de los casos a través del Sistema VioGén en España. En este mes de enero, el Ministerio del Interior ha introducido cambios importantes para reforzar la actuación policial y la protección de las víctimas. En este episodio, analizaremos los principales aspectos de este nuevo modelo de respuesta policial, revisaremos cómo funciona el sistema VioGén y qué mejoras se han implementado para asegurar una protección más efectiva y coordinada. 1. Contextualización del Sistema VioGén Para empezar, recordemos qué es el Sistema VioGén. Se trata de una plataforma o sistema integral de seguimiento de los casos de violencia de género que fue puesto en marcha por el Ministerio del Interior para: Evaluar y gestionar el nivel de riesgo de cada caso de violencia de género. Realizar un seguimiento continuo de la evolución de la situación de la víctima y sus posibles agresores. Coordinar a las diferentes fuerzas y cuerpos de seguridad, instituciones y servicios que intervienen en la protección de la mujer víctima de violencia de género. Esta herramienta ha sido fundamental para centralizar la información y mejorar la comunicación entre diferentes organismos, lo que ha permitido una atención más rápida y personalizada. Sin embargo, las dinámicas de la violencia de género son cada vez más complejas, y el Ministerio del Interior ha decidido reforzar y actualizar este sistema con un enfoque más integral. 2. Nuevo modelo de respuesta policial El ministro Marlaska ha presentado un nuevo modelo de respuesta policial que persigue: Fortalecer la valoración de riesgo: se introducen indicadores más detallados, incluyendo factores psicológicos, relacionales y sociales. Mejorar la coordinación con otros servicios de atención a la mujer y con el ámbito judicial, para evitar que se produzcan situaciones en las que la víctima no reciba una respuesta rápida y adecuada. Potenciar la formación continua de los agentes especializados en violencia de género, garantizando que estén al día de las mejores prácticas y herramientas de evaluación. Impulsar la actualización tecnológica y la interoperabilidad de las bases de datos, de forma que la información esté siempre disponible y actualizada para todos los profesionales implicados. Esta reformulación del modelo de respuesta también conlleva un enfoque más proactivo y preventivo, pensando en detectar signos de riesgo de forma anticipada y así evitar nuevas agresiones. 3. Actualizaciones específicas del Sistema VioGén El Sistema VioGén se ha enriquecido con diferentes modificaciones técnicas y organizativas. Entre ellas, destacan: Nuevos protocolos de recogida de datos: se están implementando cuestionarios y formularios más exhaustivos que valoran no solo la violencia física, sino también la psicológica, económica o sexual, así como la influencia de factores como la presencia de menores, antecedentes de acoso, uso de redes sociales, etc. Mayor personalización en la evaluación: el nivel de riesgo ya no se limita a la categorización de ‘bajo’, ‘medio’, ‘alto’ o ‘extremo’, sino que incorpora gradaciones más matizadas y un sistema de alertas tempranas para que los agentes puedan anticipar situaciones de mayor gravedad. Seguimiento continuo y dinámico: en lugar de una evaluación puntual, se opta por un control más frecuente. Los casos son revisitados cada cierto tiempo o cuando hay nuevos indicios de escalada de violencia, manteniendo así la información siempre actualizada. Interconexión con otros recursos: el nuevo modelo facilita el y la compartición de datos entre los cuerpos policiales, las oficinas de atención a la víctima, servicios sanitarios y el ámbito judicial. De esta manera, se refuerza la protección de la víctima con una respuesta coordinada y no aislada. 4. Valoración del nivel de riesgo y medidas de protección Uno de los pilares de esta actualización es la valoración del nivel de riesgo. Anteriormente, se tenían en cuenta sobre todo parámetros objetivos, como denuncias previas, existencia de órdenes de alejamiento, antecedentes policiales del agresor, etc. Ahora, además, se suman: Factores psicológicos: por ejemplo, la dependencia emocional de la víctima o la obsesión del agresor. Contexto social y familiar: uso de redes sociales, posibilidad de aislamiento de la víctima, red de apoyo familiar o amistad. Historial de control y amenazas: incluso cuando no han existido agresiones físicas como tal, se valoran indicios de violencia psicológica y de control sistemático. A partir de la valoración, se adoptan medidas de protección personalizadas. Esto puede incluir: Vigilancia policial más estrecha en los casos con un nivel de riesgo alto o extremo. Botones de pánico o teléfonos de emergencia para las víctimas. Coordinación con los servicios sociales y sanitarios para garantizar la protección integral de la víctima y de posibles menores implicados. 5. Coordinación institucional y retos a futuro Uno de los ejes fundamentales para el éxito de este nuevo modelo es la coordinación interinstitucional. La violencia de género es un fenómeno complejo que requiere la implicación de: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional, Guardia Civil, Policías Autonómicas y Locales). Ámbito judicial, con la agilización de trámites y la aplicación efectiva de medidas cautelares. Servicios sociales, para la protección no solo en el ámbito legal, sino también psicosocial y económico de las víctimas. Organizaciones y asociaciones especializadas, que pueden brindar un apoyo muy valioso, tanto en la prevención como en la atención directa y la recuperación de las mujeres. Entre los principales retos que se señalan para el futuro están: Mayor dotación de recursos humanos y materiales: más agentes especializados y más herramientas tecnológicas para el seguimiento de casos. Formación continua para entender la evolución de los patrones de violencia, incluyendo el ciberacoso y otras formas digitales de maltrato. Sensibilización social: la violencia de género no solo debe afrontarse desde la respuesta policial, sino también desde la educación y la prevención temprana. Mejora en la atención a víctimas inmigrantes o en situación de especial vulnerabilidad, con barreras culturales o idiomáticas.” 6. Cambios respecto al VPR y el VPER. A la hora de hablar de los cambios relativos a la Valoración Policial de Riesgo (VPR) y la Valoración Policial de Evolución del Riesgo (VPER) en el nuevo protocolo, conviene tener en cuenta cómo se estructuraba el Sistema VioGén anteriormente y cuál es la lógica de la reforma actual. A grandes rasgos, antes existían cinco niveles de riesgo (No apreciado, Bajo, Medio, Alto y Extremo), y se gestionaban mediante: VPR (Valoración Policial de Riesgo): Se realizaba en el momento de la denuncia o de la primera intervención policial. Su objetivo era determinar de forma inicial el nivel de riesgo, basándose en un cuestionario que recogía factores de riesgo objetivos (antecedentes, existencia de medidas judiciales, etc.). VPER (Valoración Policial de Evolución del Riesgo): Se aplicaba en seguimientos posteriores, cuando había novedades en el caso (nuevas denuncias, quebrantamiento de medidas, cambios en la situación de la víctima, etc.). Servía para actualizar el nivel de riesgo asignado en la VPR de manera dinámica, reflejando la evolución del caso en el tiempo. ¿Qué ha cambiado con la nueva reforma? Desaparición del nivel “No apreciado” Antes: El nivel “No apreciado” se utilizaba cuando no se identificaban factores de riesgo adicionales a los de la población general, o cuando la denuncia no encontraba indicios de violencia “inminente”. Ahora: Se ha eliminado por completo el nivel “No apreciado”. Se consideraba confuso que, por un lado, se etiquetara un caso como “sin riesgo”, pero luego pudiera haber agresiones posteriores. Esta eliminación busca que no haya un “falso cero” de riesgo y que todos los casos tengan algún tipo de seguimiento por mínimo que sea. Niveles de riesgo: de cinco a cuatro Antes: “No apreciado”, “Bajo”, “Medio”, “Alto” y “Extremo”. Ahora: Únicamente: “Bajo”, “Medio”, “Alto” y “Extremo”. Con ello, se pretende clarificar las categorías y forzar a una evaluación más cuidadosa: incluso si no hay indicios graves, debe asignarse como mínimo un nivel “Bajo”. Subclasificación del nivel “Bajo” Antes: “Bajo” se consideraba un nivel único en el que no se distinguía si había medidas judiciales en vigor o no. Ahora: El nivel “Bajo” se subdivide en dos realidades, a efectos de gestión policial: Bajo con medidas judiciales: si existen órdenes de alejamiento, prohibición de comunicación o cualquier otra medida de protección dictada por la autoridad judicial. Bajo sin medidas judiciales: si no hay resoluciones judiciales que establezcan medidas de protección específicas. Esta distinción permite ajustar la intensidad del seguimiento y de las actuaciones policiales a la situación real de cada víctima. Enfoque más dinámico y sensible al contexto En el nuevo protocolo, se ha potenciado la idea de que la VPR (evaluación inicial) y la VPER (revisiones posteriores) deben considerar no solo factores objetivos (como denuncias previas o medidas judiciales), sino también factores más cualitativos y contextuales (dinámica relacional, dependencia emocional, posible aislamiento social, etc.). Esto impacta en la forma en que se formulan las preguntas del cuestionario y en cómo se hace la re-evaluación en la VPER. La intención es captar señales tempranas y tener un cuadro más completo del riesgo, no solo en el plano físico, sino también en el psicológico y social. Mayor periodicidad y flexibilidad en la VPER Antes: La VPER se aplicaba cuando había un cambio significativo en el caso (nueva denuncia, modificación de las circunstancias de la víctima o el agresor, etc.), o bien cumplidos ciertos plazos marcados istrativamente. Ahora: Si bien sigue existiendo ese carácter de “seguimiento” y actualización, se fomenta que los cuerpos policiales realicen revisiones más frecuentes cuando detectan signos de escalada (aunque no haya nueva denuncia formal). El protocolo enfatiza la proactividad: no esperar a que ocurra algo grave, sino intervenir y re-evaluar tan pronto se perciban indicios o cambios en el entorno de la víctima. Adopción de nuevas tecnologías y criterios de valoración En muchas comisarías se están integrando sistemas informáticos con cuestionarios revisados (nuevas versiones de la VPR/VPER) que incluyen ítems más específicos sobre: Uso de redes sociales y ciberacoso. Violencia psicológica y de control (indicadores que antes se valoraban, pero con menor profundidad). Presencia de menores y riesgo asociado a ellos. Esto supone que tanto la VPR como la VPER amplían su alcance y se vuelven más detalladas, con el objetivo de no dejar fuera situaciones de riesgo menos evidentes. 6. Publicación y efectos. Será publicada en la Orden General de la Dirección General de la Policía y en el Boletín Oficial de la Guardia Civil, resultando efectiva desde el día 30 de junio de 2025. Una ver resulte totalmente aplicable, quedarán sin efecto los siguientes instrumentos normativos de la Secretaría de Estado de Seguridad: Instrucción 4/2019, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se establece un nuevo protocolo para la Valoración Policial del Nivel Riesgo de Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004), la gestión de la seguridad de las víctimas y el seguimiento de los casos a través del Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén). Instrucción 7/2019, de la Secretaría de Estado de Seguridad, sobre incorporación en los atestados por violencia de género de diligencia de situación istrativa de la víctima extranjera en situación irregular. Instrucción 8/2021 de La Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se establecen medidas para prevenir la violencia de género ocasionada por agresores persistentes. Instrucción 11/2022, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se actualizan los procedimientos de actuación en la gestión del riesgo de los denominados “casos resistentes” de violencia de género. Instrucción 1/2023, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que desarrolla la obligación de comunicación a la víctima de los antecedentes del agresor en los denominados casos de “agresores persistentes” y otras medidas de protección y seguridad en los casos de violencia de género. Instrucción 2/2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se actualizan los criterios y procedimientos para la Inactivación de casos en el Sistema VioGén. La entrada Nuevo modelo de respuesta policial a la Violencia de Género se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
25:43
Problemas y soluciones para planificar una convocatoria de la oposición a Policía Nacional
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos Hablamos de los problemas que le surgen a un opositor en el transcurso de una convocatoria y vemos qué soluciones tienen que implementar para conseguir finalmente el apto. Problemas: Organización y planificación de estudio. 1. Falta de un plan de estudio claro. Causa: Desconocimiento de las materias, falta de estructura en el temario o incapacidad para gestionar el tiempo. Solución: Crear un calendario / planificador de estudio detallado, dividiendo el temario en bloques alcanzables y en vueltas realistas. Priorizar temas según su peso en el examen y el nivel de dificultad y porcentaje de relevancia. Usar técnicas de estudio como el método Pomodoro, mapas mentales y resúmenes. 1.1. Gestión del tiempo. Falta de tiempo para estudiar. ¿Qué hacer? Planificación. Priorizar tareas. 2. Sobrecarga de información Causa: Mucho contenido en el temario y muchos recursos que hay que saber gestionar. Solución: Utilizar material actualizado. Saber escoger qué contenido sí y qué no. Empezar de menos a más. 3. Baja comprensión del temario. Causa: complejidad de las materias. Solución: usar resúmenes, clases en vídeo, esquemas, tests especiales, flashcards, directos, etc. Consultar dudas (tutorías grupales y Discord) 4. Psicotécnicos Causa: falta de práctica, desconocimiento del formato, no encajarlos en la planificación. Solución: App de test, meterlos en la planificación. Hacer simulacros con psicotécnicos. Problemas con las pruebas físicas Causa: Falta de preparación física adecuada o lesiones Desconocimiento con los requisitos físicos. 1-Estas perdido/a en relación a las pruebas físicas. No sabes como entrenar de forma específica, que hacer en el gimnasio para mejorar la barra, como empezar a correr, como meter y cuando el circuito de Agilidad 2-Has suspendido las pruebas físicas por falta de una preparación eficiente o por aparición de lesiones a causa de una mala planificación 3-Quieres superar tus marcas personales buscando un buen posicionamiento en el Escalafón de la ENP. Estos dolores se superan gracias al plan Liza, ya que te permite: 1-Un seguimiento personalizado e individualizado que permite sacar tu máximo potencial específico 2- Un entrenamiento online que te acompañe a todos lados y aborde todas tus necesidades (OPN FÍSICAS) 3-La guía y asesoramiento diario de un planificador con una metodología que funciona que no solo quiere tu APTO, sino tu mejora como persona Problemas: Psicológicos y Motivación 1. Falta de motivación. Causas: llevar muchos intentos, lesiones, «mala suerte», etc. Circunstancias personales. Compatibilizar la oposición con la familia y el trabajo genera estrés y ansiedad. Soluciones: Una comunidad que te apoye. Y una academia con tutores que te guíen y que te apoyen. Pensar en la meta final. Incorporar el ejercicio físico una vez pasen las pruebas. Encontrar huecos para hacer actividades que gusten. Tomarse un día de descanso a la semana. Problemas: económicos Causa: Altos costos de academias, materiales de estudio y desplazamientos. Solución: Buscar la academia que más se ajuste a tus necesidades, que a lo mejor no es la más cara. Optimizar opciones gratuitas: primeras clases gratuitas, podcast gratuitos, tests. Ayudas específicas. Si pasas el corte del teórico y apruebas físicas y finalmente no eres apto te apoyamos un año más sin ningún pago extra. Mantenemos el precio. Problema grave: No hacer tests. Causa: mala gestión, mal asesoramiento, pensar que no es importante. Solución: tener una app de Test buena, que te mida estadísticas, datos para poder saber enfocar tu estudio y preparar una estrategia de examen. Problema: biodata y entrevista personal Causa: no preparación, inseguridad, no saber cómo prepararla, no hacer un simulacro de biodata, etc. Soluciones: Curso de biodata. Tener un preparador que te ayude. Informarte sobre las preguntas más comunes y repasarlas. La entrada Problemas y soluciones para planificar una convocatoria de la oposición a Policía Nacional se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
36:40
Actualizaciones tras la primera Ley Orgánica del 2025
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos Hablamos de las actualizaciones que surgen tras la creación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que afectan al temario de la oposición a Policía Nacional y a la convocatoria 41. Esta ley modifica distintos códigos legislativos y afectan al temario de la oposición. Vamos a ver cómo se estructura esta ley y alguno de los cambios más significativos. Estructura de la ley: Título Preliminar. Título I: Organización Judicial Capítulo I: Tribunales de Instancia Capítulo II: Oficinas Judiciales Título II: Medidas en materia de eficiencia procesal del Servicio Público de Justicia Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC) Capítulo I: Mediación Capítulo II: Arbitraje Disposiciones Adicionales Disposiciones Transitorias Disposiciones Finales Modificaciones de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Creación de los Tribunales de Instancia y el Tribunal Central de Instancia: Se eliminan los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción , de lo Mercantil, de Violencia sobre la Mujer, de lo Penal, de lo Contencioso – istrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria y serán sustituidos por los Tribunales de Instancia y su Tribunal Central de Instancia. Se transforman los juzgados unipersonales en Tribunales de Instancia, promoviendo una estructura colegiada que favorece la especialización y unificación de criterios. Los Tribunales de Instancia estarán integrados por una Sección Única, de Civil y de Instrucción. Y podrán integrarse por una o varia de estas Secciones: (esto afecta al artículo 84 de la LOPJ) a) De Familia, Infancia y Capacidad. b) De lo Mercantil. c) De Violencia sobre la Mujer. d) De Violencia contra la Infancia y la Adolescencia. e) De lo Penal. f) De Menores. g) De Vigilancia Penitenciaria. h) De lo Contencioso-istrativo. i) De lo Social. Se establece el Tribunal Central de Instancia como órgano superior en esta nueva organización judicial, que se crea en Madrid y con jurisdicción en todo el territorio nacional. Este cuenta con las siguientes secciones: (reguladas en el art. 95) Sección de instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-istrativo. De los Jueces y las Juezas de Paz Art. 99: En cada municipio donde no exista Tribunal de Instancia, y con jurisdicción en el término correspondiente, habrá un juez o una jueza de paz. Establecimiento de las Oficinas de Justicia en los municipios: Se crean las Oficinas de Justicia para acercar la istración de justicia a la ciudadanía, proporcionando servicios de apoyo y orientación en los municipios. Art. 439 ter: Las Oficinas de Justicia en los municipios son aquellas unidades que, sin estar integradas en la estructura de la Oficina judicial, se constituyen en el ámbito de la organización de la istración de Justicia para la prestación de servicios a la ciudadanía de los respectivos municipios. En cada municipio donde no tenga su sede un Tribunal de Instancia existirá una Oficina de Justicia, que prestará servicios en la localidad donde se encuentre ubicada. En ella el juez o jueza de paz dispondrá de recursos y espacios suficientes y adecuadamente señalizados. Disposición transitoria primera. Constitución de los Tribunales de Instancia. Los actuales juzgados se transformarán en secciones de los Tribunales de Instancia según su materia, manteniendo la numeración y las competencias actuales.La constitución será escalonada: 1 de julio de 2025: Transformación inicial de juzgados en partidos judiciales pequeños. 1 de octubre de 2025: Transformación en partidos judiciales medianos. 31 de diciembre de 2025: Transformación del resto de juzgados. Hasta su implantación, seguirá vigente el régimen anterior. Disposición transitoria segunda. Constitución del Tribunal Central de Instancia. El 31 de diciembre de 2025, los juzgados centrales actuales se transformarán en secciones del Tribunal Central de Instancia, manteniendo competencias y numeración. Disposición transitoria tercera. Presidencia de los Tribunales de Instancia y Presidencia del Tribunal Central de Instancia. Los jueces decanos actuales asumirán la presidencia de los nuevos Tribunales de Instancia y del Tribunal Central, manteniendo su cargo hasta el final de su mandato. Disposición transitoria cuarta. Transformación de juzgados, secciones y tribunales con competencia en materia penal en juzgados, secciones y tribunales con competencia en materia de violencia sobre la mujer. A los 9 meses de la entrada en vigor de la ley, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer asumirán competencias sobre violencia sexual. El Gobierno adaptará los recursos necesarios para esta transformación en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y las comunidades autónomas. Disposición transitoria quinta. Implantación de la Oficina Judicial. Se implementará simultáneamente con los Tribunales de Instancia. El Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas definirán y negociarán las relaciones de puestos de trabajo para estas oficinas. En caso de circunstancias excepcionales, se podrá retrasar su implementación. Disposición transitoria sexta. Implantación de las Oficinas de Justicia en los municipios. Los Juzgados de Paz se transformarán en Oficinas de Justicia en los municipios, integrando su personal en nuevas relaciones de puestos de trabajo. Las secretarías de los antiguos juzgados asumirán provisionalmente las funciones de las nuevas oficinas hasta la aprobación definitiva de los puestos. Modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 14: Competencia de los Juzgados de Instrucción Modificación: Se redefine la competencia de los Juzgados de Instrucción en relación con los nuevos Tribunales de Instancia. Artículo 266: Presentación de Denuncias Modificación: Se establecen limitaciones a la posibilidad de denunciar por vía telemática. Artículo 512: Procedimientos de búsqueda de imputados en paradero desconocido Reforzamiento de la búsqueda Colaboración ampliada Modificaciones en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Artículo 4: Derechos de las víctimas y de las personas perjudicadas. Incorporación de medidas telemáticas. Ampliación de derechos procesales. Sustitución del a lo actuado. Eliminación del seguimiento específico. Nuevo Artículo 23.4: Declaración anticipada de víctimas y testigos Prueba preconstituida. Garantía del principio de contradicción. Modificaciones de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Artículo 12: Se ajusta la organización del Ministerio Fiscal para adaptarla a los nuevos Tribunales de Instancia y Oficinas de Justicia. Artículo 14: Los Fiscales Jefes amplían sus competencias para supervisar y coordinar las nuevas estructuras judiciales. Artículo 20: Se actualizan los criterios de adscripción de fiscales para garantizar cobertura en las nuevas demarcaciones territoriales. Artículo 22: Refuerzo de la unidad de actuación y la dependencia jerárquica en el Ministerio Fiscal para mantener coherencia en el nuevo modelo. Artículo 41: Actualización del régimen disciplinario para reflejar las nuevas responsabilidades derivadas de las reformas. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno Artículo 5: El Presidente del Gobierno podrá crear, modificar y suprimir Ministerios y Secretarías de Estado mediante real decreto. Artículo 26: Se añade la obligación de evaluar el impacto de género y justificar la adecuación normativa a los principios de buena regulación. Disposición Transitoria Única: Las reformas se aplican solo a procedimientos iniciados después de la entrada en vigor de la ley. Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE Las modificaciones buscan mejorar la cooperación judicial entre Estados , facilitando el reconocimiento y ejecución de resoluciones penales, y garantizando una mayor eficiencia y seguridad jurídica en estos procedimientos. ¿Cuándo entrará en vigor esta Ley Orgánica 1/2025? Entrada general (tres meses): La mayoría de las disposiciones de la ley entrarán en vigor tres meses después de su publicación en el BOE. Dado que la ley fue publicada el 3 de enero de 2025. Entrada anticipada (veinte días): Excepciones que entrarán en vigor antes: El Título I (relativo a la organización judicial). Afecta a la LOPJ. La Disposición adicional primera. Las Disposiciones transitorias primera a octava (sobre la implementación gradual de la reforma judicial). La Disposición final sexta. Estas disposiciones entrarán en vigor 20 días después de la publicación. Entrada diferida (nueve meses): Algunos aspectos específicos entrarán en vigor nueve meses después de la publicación. Atribución de competencias en violencia sexual a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. (Art. 89 LOPJ) Modificaciones en: El artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El artículo 20.1 de la Ley 50/1981 (Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal). La letra h) del artículo 2 de la Ley 1/1996 (Asistencia Jurídica Gratuita). La entrada Actualizaciones tras la primera Ley Orgánica del 2025 se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
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Plazos de la detención e incomunicación de la ISES 1/2024
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos Hoy vamos a hablar sobre los plazos de detención policial, según la Instrucción de Seguridad del Estado 1/2024. Estos plazos están para garantizar que los derechos de las personas detenidas se respeten, al mismo tiempo que se cumplen los requisitos de la investigación penal. Detención Duración de la Detención (5.1) Límite general: 72 horas La detención debe durar solo el tiempo necesario para esclarecer los hechos. Plazo máximo: 72 horas desde el momento de la detención. (NO DESDE QUE ENTRA EN COMISARÍA) Después de este tiempo, la persona detenida debe ser: Puesta en libertad, o Puesta a disposición de la autoridad judicial. Registro de Detención y Custodia (5.2) Se debe registrar: El lugar y la hora de la detención. El lugar y la hora en que la persona es puesta a disposición judicial o en libertad. Este registro garantiza transparencia y evita dudas sobre posibles irregularidades. Instrucciones Judiciales sobre Retrasos o Puesta a Disposición Virtual (5.3) Si el juez decide retrasar la presentación física de la persona detenida, esto se hará bajo sus instrucciones explícitas. Puede darse el caso de que el juez opte por una comparecencia virtual (por videoconferencia u otro medio telemático). Esto se usa, por ejemplo, en casos de: Detenciones en alta mar. Espacios aéreos. Ampliación del Plazo de Detención (5.4) Para delitos específicos: Bandas armadas, terrorismo o rebelión. La detención puede ampliarse hasta 48 horas adicionales (las 72h + 48h) si: Es necesario para la investigación. Lo autoriza expresamente un juez. Plazos clave: Solicitud de ampliación dentro de las primeras 48 horas. Resolución del juez dentro de las siguientes 24 horas. Personas Detenidas en Espacios Marinos o Aéreos (5.5) Estas detenciones están sujetas al límite general de 72 horas. Si la distancia o el aislamiento lo requieren, la disposición judicial puede realizarse: A través de medios telemáticos disponibles en el buque o aeronave. Incomunicación Los plazos de incomunicación establecidos en la Instrucción de Seguridad del Estado 1/2024 se presentan como una medida excepcional que debe cumplir con condiciones estrictas. A continuación, detallo los puntos clave: Autorización Judicial y Condiciones para la Incomunicación Autorización Judicial Motivada: La incomunicación solo puede aplicarse bajo una autorización judicial debidamente justificada. Esta autorización es necesaria para prevenir graves riesgos como: Poner en peligro la vida, libertad o integridad física de personas. (Solo en situaciones de peligro grave). Comprometer de manera severa el proceso penal. Duración Máxima: El tiempo de incomunicación no podrá exceder de cinco días, siendo estrictamente necesario para realizar diligencias urgentes que eviten los riesgos mencionados. Restricciones de Derechos En caso de incomunicación, la persona detenida podrá ver restringidos algunos derechos: Derecho a designar un abogado de confianza. Comunicación con personas distintas de la autoridad judicial, el Ministerio Fiscal o el Médico Forense. Entrevistas reservadas con su abogado. del abogado a las actuaciones, salvo los elementos esenciales para impugnar la legalidad de la detención. Control Judicial La autoridad judicial: Controlará en todo momento las condiciones de la incomunicación. Podrá requerir informes para verificar el estado de la persona detenida y garantizar que sus derechos son respetados. Prórrogas y Plazos La Policía Judicial puede solicitar a la autoridad judicial restricciones iniciales por un plazo máximo de 24 horas, dentro del cual la autoridad judicial deberá emitir una resolución al respecto. Estas restricciones pueden incluir desde la incomunicación total hasta limitaciones parciales. Particularidades Médicas Durante el período de incomunicación, la persona detenida será sometida a dos reconocimientos médicos cada 24 horas, según criterio facultativo, para garantizar su bienestar físico y mental. Personas Menores de Edad En ningún caso se permitirá la incomunicación de personas menores de 16 años. Plazo máximo de detención: La detención no podrá durar más tiempo del estrictamente necesario para esclarecer los hechos. En todo caso, la persona menor deberá ser: Menores en General 14 – 18 años (No Relacionados con Terrorismo) Detención Ordinaria: El plazo máximo de detención es de 24 horas. En este tiempo, el menor debe ser: Puesto en libertad bajo la custodia de: Padres o tutores legales. La Entidad Pública de protección, si se encuentra en situación de desamparo. O puesto a disposición de la Sección de Menores de la Fiscalía de la Audiencia Provincial. Incomunicación: Prohibida para menores de 16 años. Mayores de 16 años: Podría solicitarse bajo condiciones excepcionales, como en casos relacionados con delitos graves, siempre con autorización judicial motivada. Menores Relacionados con Terrorismo Detención Preventiva: El plazo de detención puede ampliarse hasta un máximo de 48 horas adicionales, conforme a lo establecido en los artículos 384 bis y 520 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Esto aplica cuando el menor es sospechoso de delitos relacionados con: Bandas armadas. Actividades terroristas. Rebelión. La solicitud de la prórroga debe realizarse dentro de las primeras 24 horas y ser autorizada por la autoridad judicial competente en un plazo máximo de 24 horas posteriores. Incomunicación: Permitida exclusivamente para menores de 16 y 17 años en casos relacionados con terrorismo, bajo los siguientes criterios: Autorización judicial previa. Máximo de 5 días de incomunicación. Supervisión estricta por parte de la autoridad judicial. Durante la incomunicación: Se prohíbe la comunicación con personas distintas de la autoridad judicial, el Ministerio Fiscal o el médico forense. Se deben realizar dos reconocimientos médicos cada 24 horas para garantizar el estado físico y mental del menor. Registro y Documentación Todos los detalles sobre el inicio, resolución judicial y cese de la incomunicación deben constar en las diligencias y en el libro de registro y custodia. La entrada Plazos de la detención e incomunicación de la ISES 1/2024 se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
22:45
Expulsión del territorio: supuestos bajo el artículo 57
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Guardar en favoritos En este episodio, desglosamos en profundidad el artículo 57 de la Ley Orgánica sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Este artículo regula los supuestos en los que un extranjero puede ser expulsado del territorio español, estableciendo principios fundamentales como la proporcionalidad, las garantías procesales y las excepciones para grupos vulnerables. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. 1. Supuestos de Expulsión por Conductas Muy Graves o Graves El apartado 1 establece que los extranjeros que incurran en infracciones tipificadas como muy graves, o graves dentro de los apartados a), b), c), d) y f) del artículo 53.1, pueden ser expulsados en lugar de recibir una multa. Esto debe realizarse bajo el principio de proporcionalidad y mediante un expediente istrativo con resolución motivada. Ejemplos de conductas graves: trabajar sin autorización (artículo 53.1.b) o incumplir la obligación de salida del país tras el vencimiento de un visado (artículo 53.1.a). 2. Condena Penal como Causa de Expulsión Un extranjero condenado por un delito doloso, dentro o fuera de España, sancionado con pena privativa de libertad superior a un año (salvo que los antecedentes estén cancelados) puede ser expulsado previa tramitación del expediente. 3. Prohibición de Sanción Doble: Multa y Expulsión El apartado 3 prohíbe imponer ambas sanciones simultáneamente. 4. Consecuencias de la Expulsión La expulsión implica la extinción de cualquier autorización de residencia o trabajo y el archivo de procedimientos relacionados. No obstante, se prevé la posibilidad de revocarla en ciertos supuestos. 5. Excepciones a la Expulsión El apartado 5 establece casos en los que la expulsión no procede, salvo en supuestos muy específicos (reincidencia o infracciones muy graves). Estas excepciones incluyen: Nacidos en España con residencia legal durante los últimos 5 años. Residentes de larga duración: Se consideran factores como tiempo de residencia, vínculos familiares y edad. Exespañoles de origen que perdieron la nacionalidad. Beneficiarios de una prestación por incapacidad permanente por accidentes o enfermedades laborales, o los que hayan recibido una prestación por desempleo o beneficiarios de una prestación asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción o reinserción social o laboral. Cónyuge del extranjero que se encuentre en alguna de las situaciones señaladas anteriormente y que haya residido legalmente en España durante más de dos años, ni a sus ascendientes e hijos menores, o mayores con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud, que estén a su cargo. 6. Principio de No Devolución y Mujeres Embarazadas La expulsión no puede ejecutarse si contradice el principio de no devolución (cuando la vida o integridad del extranjero corre peligro en su país de origen) o afecta a mujeres embarazadas si pone en riesgo la gestación o su salud. 7. Expulsión Gubernativa con Autorización judicial El apartado 7 regula que, si hay un decreto de expulsión y un extranjero está procesado o imputado por un delito con pena privativa de libertad inferior a seis años, el juez debe autorizar la expulsión, en el plazo más breve posible y en todo caso no superior a tres días, el Juez, previa audiencia del Ministerio Fiscal, la autorizará salvo que, de forma motivada, aprecie la existencia de circunstancias que justifiquen su denegación. Excepciones: delitos relacionados con la explotación laboral (artículos 312.1 (tráfico ilegal de mano de obra), 313.1 (favorecimiento de la emigración) y 318 bis (contra los derechos de los ciudadanos de los extranjeros) del Código Penal). 8. Expulsión tras Cumplimiento de Pena Para delitos tipificados en los artículos 312.1, 313.1 y 318 bis del Código Penal, la expulsión se ejecuta una vez cumplida la pena privativa de libertad. 9. Notificación y Recursos Toda resolución de expulsión debe ser notificada, con información clara sobre los recursos disponibles. 10. Expulsión de Residentes de Larga Duración de la UE Se limita la expulsión fuera del territorio de la Unión Europea, con consultas previas a autoridades de otros Estados . Excepciones: peligro para la seguridad o delitos graves. En caso de no reunirse estos requisitos para que la expulsión se realice fuera del territorio de la Unión, la misma se efectuará al Estado miembro en el que se reconoció la residencia de larga duración. La expulsión fuera del territorio de la UE solo podrá realizarse si la infracción cometida está entre las tipificadas en los artículos 53.1.d) (participación en actividades contrarias al orden público) y 53.1.f) (irregularidades en documentos) y 54.1.a) y 54.1.b) (conductas muy graves relacionadas con la seguridad pública).Antes de tomar una decisión de expulsión, España debe consultar a las autoridades del Estado miembro que otorgó la residencia de larga duración.Si no se cumplen las condiciones para expulsar a la persona fuera de la UE, se ordenará su retorno al Estado miembro que le concedió la residencia. 11. Protección Internacional Reconocida por otro Estado Miembro Si España decide expulsar a un residente de larga duración que tiene protección internacional otorgada por otro Estado miembro de la UE, debe solicitar información a dicho Estado sobre si esa protección sigue vigente. Si no recibe respuesta en el plazo de un mes, se asume que la protección internacional sigue activa.Si el residente sigue teniendo protección internacional, será expulsado al Estado miembro que se la concedió. España puede expulsar al residente a un país distinto si: Constituye un peligro para la seguridad de España. Ha sido condenado por un delito de especial gravedad y constituye un peligro. En los casos donde España misma haya concedido la protección internacional, la expulsión solo puede realizarse tras revocar dicho estatus a través del procedimiento legal correspondiente. Ejemplo: Ahmed es un ciudadano sirio que escapó de la guerra civil en su país. En 2018, Francia le otorgó protección internacional (estatus de refugiado) por considerar que su vida corría peligro si regresaba a Siria. Posteriormente, Ahmed se trasladó legalmente a España, donde obtuvo un permiso de residencia como residente de larga duración dentro de la Unión Europea. Situación en España: En 2023, Ahmed es acusado y condenado en España por un delito de tráfico de estupefacientes, considerado un delito grave. Las autoridades españolas deciden tramitar su expulsión del territorio español debido a que consideran que constituye una amenaza para la seguridad pública. Sin embargo, Ahmed aún tiene protección internacional otorgada por Francia. La entrada Expulsión del territorio: supuestos bajo el artículo 57 se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
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Preguntas comunes examen Escala Ejecutiva con Escala Básica
Episodio en Oposiciones Policía Nacional
Guardar en favoritos En este podcast hablamos del Examen a la Escala Ejecutiva que se celebró el pasado 14 de diciembre de 2024, y vemos algunas preguntas comunes con Escala Básica. Análisis del examen Fue un examen de dificultad media, asequible. 76 preguntas bloque jurídico. 15 preguntas de sociología. 9 preguntas del Técnico Científico. Han subido el número de preguntas en derecho respecto al año pasado y han reducido el número de preguntas del bloque del Técnico Científico. ¿Cuál de las siguientes funciones le corresponde al Presidente del Gobierno? a) Remitir los Tratados internacionales a las Cortes Generales en los términos previstos en los artículos 94 y 96.2 de la Constitución. b) Crear, modificar y suprimir los órganos directivos de los Departamentos Ministeriales. c) Refrendar, en su caso, los actos del Rey y someterlos, para su sanción, las leyes y demás normas con rango de ley, de acuerdo con lo establecido en los artículos 64 y 91 de la Constitución. EXPLICACIÓN Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Artículo 2.2 2. En todo caso, corresponde al Presidente del Gobierno: a) Representar al Gobierno. b) Establecer el programa político del Gobierno y determinar las directrices de la política interior y exterior y velar por su cumplimiento. c) Proponer al Rey, previa deliberación del Consejo de Ministros, la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales. d) Plantear ante el Congreso de los Diputados, previa deliberación del Consejo de Ministros, la cuestión de confianza. e) Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo, previa autorización del Congreso de los Diputados. f) Dirigir la política de defensa y ejercer respecto de las Fuerzas Armadas las funciones previstas en la legislación reguladora de la defensa nacional y de la organización militar. g) Convocar, presidir y fijar el orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 62.g) de la Constitución. h) Refrendar, en su caso, los actos del Rey y someterle, para su sanción, las leyes y demás normas con rango de ley, de acuerdo con lo establecido en los artículos 64 y 91 de la Constitución. i) Interponer el recurso de inconstitucionalidad. j) Crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos Ministeriales, así como las Secretarías de Estado, Asimismo, le corresponde la aprobación de la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno. k) Proponer al Rey el nombramiento y separación de los Vicepresidentes y de los Ministros. l) Resolver los conflictos de atribuciones que puedan surgir entre los diferentes Ministerios. m) Impartir instrucciones a los demás del Gobierno. n) Ejercer cuantas otras atribuciones le confieran la Constitución y las leyes. Las demás funciones que aparecen corresponden al Consejo de Ministros, no al presidente el Gobierno. 2. En la reincidencia: a) Se computarán los antecedentes penales cancelados o que debieran serlos. b) No se computarán los antecedentes penales cancelados o que debieran serlo, ni los que correspondan a delitos graves. c) No se computarán los antecedentes penales cancelados o que debieran serlo, ni los que correspondan a delitos leves. EXPLICACIÓN Artículo 22 Que regula las circunstancias agravantes. Esta pregunta en concreto se centra en la circunstancia de ser reincidente, la 8ª. Y que tiene unas condiciones: Hay reincidencia cuando, al delinquir, el culpable haya sido condenado ejecutoriamente por un delito comprendido en el mismo título de este Código, siempre que sea de la misma naturaleza. A los efectos de este número no se computarán los antecedentes penales cancelados o que debieran serlo, ni los que correspondan a delitos leves. Las condenas firmes de jueces o tribunales impuestas en otros Estados de la Unión Europea producirán los efectos de reincidencia salvo que el antecedente penal haya sido cancelado o pudiera serlo con arreglo al Derecho español. 3. Del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO) dependerá: a) La Oficina Nacional de Información sobre Pasajeros (ONIP). b) La Unidad de Información sobre Viajeros (UIV). c) La Subdirección General de Planificación y Gestión de Infraestructuras. Del CITCO dependerán la Unidad Nacional de Retirada de Contenidos Ilícitos en Internet (UNECI), la Oficina Nacional de Información sobre Pasajeros (ONIP), que actúa como Unidad de Información sobre Pasajeros (PIU) nacional prevista en la normativa europea, y la Unidad de Policía Judicial para delitos de terrorismo (TEPOL). Asimismo, desarrollará las funciones de punto focal de la Relatoría Nacional contra la Trata de Seres Humanos para su apoyo y asistencia técnica, las de Punto Nacional de o del Ministerio del Interior para el intercambio de inteligencia e información en materia de Localización y Recuperación de Activos (ORA), y las de Punto de o Nacional para precursores de explosivos relativas a la Ley 25/2022, de 1 de diciembre, sobre precursores de explosivos. La Subdirección General de Planificación y Gestión de Infraestructuras. (Y Medios para la Seguridad) depende de la persona titular de la Secretaría de Estado. 4. Siguiendo a Comeron (2001) en lo concerniente al hooliganismo, indique la opción FALSA: a) La violencia en los estadios de fútbol es fruto de la especificidad actual del deporte y la proliferación de las TIC. b) La evolución de una violencia llamada espontánea conlleva una gran problemática en las distintas competiciones de fútbol. c) Este movimiento se encuentra presente cuando se juegan competiciones nacionales y torneos internacionales de fútbol. La afirmación de que «la violencia en los estadios de fútbol es fruto de la especificidad actual del deporte y la proliferación de las TIC» es incorrecta porque reduce un fenómeno complejo como el hooliganismo a factores contemporáneos como las tecnologías de la información y comunicación (TIC). El hooliganismo tiene raíces mucho más profundas, vinculadas a factores históricos, sociales, económicos y culturales. Aunque las TIC puedan facilitar la organización de grupos violentos o la difusión de actos de violencia, no son ni la causa ni el origen del fenómeno. Además, el hooliganismo existe desde mucho antes de la proliferación de estas tecnologías, lo que refuerza la falsedad de esta afirmación. 5. Según los tipos de ciberataques, el spoofing se puede clasificar dentro de los: a) Ataques a las conexiones. b) Ataques por malware. c) Ataques a contraseñas. El spoofing es según el INCIBE una técnica en la que se falsifican datos para hacer que parezcan provenir de una fuente confiable. Por ejemplo, con esta técnica, se puede hacer creer a un que un correo electrónico proviene de alguien conocido para él, suplantando el remitente de dicho correo, con el fin de que lo abra y se crea el contenido del mensaje. El spoofing se clasifica como un ataque a las conexiones, ya que su objetivo principal es manipular las comunicaciones o la interacción entre el y un servicio, haciendo creer que la conexión es legítima cuando no lo es. Por ejemplo, el spoofing puede darse en correos electrónicos (suplantación de remitente), direcciones IP, páginas web falsas (DNS spoofing) o incluso llamadas telefónicas. Este tipo de ataque busca establecer una conexión basada en engaños, lo que encaja perfectamente en la categoría de ataques a las conexiones. Al responder este tipo de preguntas, es importante analizar el objetivo del ataque. En el caso del spoofing, siempre involucra la suplantación de identidad o información en una comunicación, y por ello no encaja en las categorías de malware ni ataques a contraseñas. GUÍA DE CIBERATAQUES – INCIBE 6. ¿Quién es el encargado de la División de Formación y Perfeccionamiento para realizar los planes y proyectos relacionados con el campus virtual de la formación de la Policía Nacional? a) El Área de Gestión de Calidad e Innovación. b) El Área de Innovación Formativa. c) El Área de Planificación e Innovación Tecnológica. Orden INT/859/2023, de 21 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía. Artículo 12. División de Formación y Perfeccionamiento De la Secretaría General dependen: 1.º El Área de Planificación y Psicopedagogía. Le compete la realización de los planes y proyectos formativos y la prospectiva, planificación y evaluación psicopedagógica. 2.º El Área de Innovación Formativa. Se encarga de la realización de los planes y proyectos relacionados con el campus virtual de formación de la Policía Nacional, la gestión de las tecnologías como herramientas al servicio del aprendizaje y la adquisición de conocimiento, promoviendo la cultura digital en la organización a través de la formación. 7. Según el artículo 159 de la Constitución Española, los del Tribunal Constitucional serán designados por: a) 6 años y se renovarán por terceras partes cada tres. b) 9 años y se renovarán por terceras partes cada tres. c) 9 años, y se renovarán por cuartas partes cada tres. Artículo 159. Constitución Española 1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus ; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. 2. Los del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional. 3. Los del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres. 4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o istrativos; con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal, y con cualquier actividad profesional o mercantil. En lo demás los del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los del poder judicial. 5. Los del Tribunal Constitucional serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato. 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Preguntas comunes Ascenso a Inspector y Escala Básica
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Guardar en favoritos Preguntas comunes La duración del estado de excepción, caso de declararse, es de: a) Treinta días como máximo, sin que quepa prórroga alguna. b) Quince días, prorrogables otros quince como máximo. c) Treinta días, prorrogables otros treinta como máximo. Artículo 116 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración. 3. El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos. 4. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones. ¿Dónde se encuentra la sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos?: a) La Haya. b) Estrasburgo. c) Bruselas. En la Haya se encuentran, por ejemplo, EUROJUST o EUROPOL. En Bruselas tenemos: Consejo Europeo. Consejo de la UE. Comisión Europea. Comité Económico y Social Europeo (CESE) Comité de las Regiones (CdR) El Parlamento Europeo tiene su sede oficial en Estrasburgo, pero, la mayoría de las actividades de las comisiones parlamentarias se desarrollan en Bruselas y por otro lado, la Secretaría General, tiene su sede en Luxemburgo. ¿Por qué tiene tantas sedes el Parlamento Europeo? La Unidad Nacional de Retirada de Contenidos Ilícitos en Internet (UNECl), depende: a) De la Subdirección General de Planificación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad. b) De la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad. c) Del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado. Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. Artículo 2. Secretaría de Estado de Seguridad Del CITCO dependerán: La Unidad Nacional de Retirada de Contenidos Ilícitos en Internet (UNECI), la Oficina Nacional de Información sobre Pasajeros (ONIP), que actúa como Unidad de Información sobre Pasajeros (PIU) nacional prevista en la normativa europea, y la Unidad de Policía Judicial para delitos de terrorismo (TEPOL). Asimismo, desarrollará las funciones de punto focal de la Relatoría Nacional contra la Trata de Seres Humanos para su apoyo y asistencia técnica, las de Punto Nacional de o del Ministerio del Interior para el intercambio de inteligencia e información en materia de Localización y Recuperación de Activos (ORA), y las de Punto de o Nacional para precursores de explosivos relativas a la Ley 25/2022, de 1 de diciembre, sobre precursores de explosivos. El tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea: a) Mayor de 14 años. b) Mayor de 13 años. c) Mayor de 16 años. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Artículo 7. Consentimiento de los menores de edad. 1. El tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de catorce años. Se exceptúan los supuestos en que la ley exija la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela para la celebración del acto o negocio jurídico en cuyo contexto se recaba el consentimiento para el tratamiento. 2. El tratamiento de los datos de los menores de catorce años, fundado en el consentimiento, solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela, con el alcance que determinen los titulares de la patria potestad o tutela. J es dueño de una empresa de alquiler de vehículos. Tiene alquilado un vehículo a L, sabiendo que solo lo utiliza los fines de semana. Como quiera que a J le han surgido unos gastos imprevistos, coge el coche y se lo alquila a otra persona devolviéndoselo a L antes del fin de semana, si bien le causa un grave perjuicio a L ya que necesitó hacer uso del coche y perdió la firma de un contrato muy importante. Esta conducta, según el artículo 236 del Código Penal, puede constituir un delito de: a) Hurto. b) Robo. c) Apropiación indebida. Artículo 236. – Código Penal 1. Será castigado con multa de tres a doce meses el que, siendo dueño de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de éste, la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero. 2. Si el valor de la cosa sustraída no excediera de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses. Todos los ciudadanos españoles pueden querellarse ejerciendo la acción popular establecida en el artículo 101 de la LECR: a) Hayan sido o no ofendidos por el delito. b) Únicamente los ofendidos por el delito. c) Los extranjeros no tienen esta potestad. Artículo 101. La acción penal es pública. Todos los ciudadanos españoles podrán ejercitarla con arreglo a las prescripciones de la Ley. ¿Cómo se denomina al virus informático que es capaz de alojarse en una computadora u otro dispositivo electrónico para captar información y transmitirla a s ajenos?: a) Spyware. b) Spoofing. c) Troyano. Siguiendo a Piaget, ¿cómo se denominan los procesos de adaptación mediante los cuales integramos nuevos conocimientos del mundo?: a) Asimilación y adaptación. b) Asimilación y acomodación. c) Interpretación y adaptación. Es usted el Instructor de un atestado policial en el que uno de los detenidos se niega a colaborar en la toma de reseña decadactilar. Conforme a la Instrucción 1/2024 de SES que regula el “procedimiento integral de la detención policial”, señale cómo se debe proceder ante esta situación: a) Para la toma de reseña decadactilar de forma coactiva de una persona detenida que se negara a la práctica de la reseña será necesaria la presencia letrada. b) Será indispensable la autorización judicial mediante auto motivado, dejando constancia mediante la correspondiente diligencia en el atestado. c) Se procederá a obtenerla de forma coactiva si fuese preciso, no siendo necesaria la autorización judicial por considerarse que no se trata de una diligencia restrictiva de derechos fundamentales. La Instrucción Operativa de Actuación en Incidencias de Seguridad Vial IOPRL-009, señala que cuando los de la Policía Nacional presten auxilio en accidentes de tráfico se deberá seguir una norma; señale la correcta: a) Proteger, Avisar y Socorrer (PAS). b) Asegurar, Comunicar y Proteger (A). c) Proteger, Señalizar y Auxiliar (PSA). El que actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación, estarían cometiendo un delito de: a) Desórdenes públicos. b) Terrorismo. c) Lesa humanidad. Artículo 557. 1. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: a) Sobre las personas o las cosas; u b) obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o c) invadiendo instalaciones o edificios alterando gravemente el funcionamiento efectivo de servicios esenciales en esos lugares. La entrada Preguntas comunes Ascenso a Inspector y Escala Básica se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
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¿Cómo hacer buenos simulacros?
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Guardar en favoritos En este podcast hacemos un análisis del Simulacro XLI 1, y los diferentes rangos de percentiles que existen y la situaciones en la que te puedes encontrar como opositor. CURSO DE SIMULACROS XLI – Toda la info aquí. Análisis del Simulacro XLI Percentil 80 = 7.0 Proporciones según el tipo de preguntas: 70% jurídico. 20% Sociales. 10% Técnico. Distribución de dificultad agregada: 57% fácil. 36% normal. 6% difícil. 1% extrema. Mejor nota: 9.25 Nota media: 5.12 Distribución por percentiles: P70: 6.65 P80: 7.0 P85: 7.25 P90: 7.5 Percentiles y situación Percentil 80 – 100Validar que no ha sido suerte. Percentil 60 – 80Necesitas un empujoncito, lo tienes casi, solo tienes que PERFECCIONAR. Percentil 40 – 60Necesitas un buen empujón: estrategia y contenidos fundamentales. Percentil 0 – 40 Necesitas un plan de viabilidad: si no es para esta convocatoria, para la siguiente. Abrazo cariñoso ¿Qué tipo de delito se comete a través del método del abrazo cariñoso? a) Hurto. b) Robo con violencia o intimidación. c) Estafa. Desarticulada una organización criminal itinerante dedicada a los hurtos con el método del “abrazo cariñoso” a personas de edad La Policía Nacional ha desarticulado una organización criminal itinerante que robaba a personas mayores mediante el método del «abrazo cariñoso». En la operación, realizada en colaboración con la policía rumana y Europol, se detuvo a ocho personas: seis en España y dos en Rumanía, todas ellas en prisión provisional. Durante los registros, se incautaron 40.000 euros en efectivo, 16.000 leis rumanos, 11 relojes, teléfonos móviles y numerosas joyas procedentes de sus actividades delictivas. El «abrazo cariñoso» es una técnica delictiva en la que los perpetradores, generalmente mujeres, se acercan a personas de edad avanzada con actitudes afectuosas, como abrazos o caricias, para distraerlas y sustraerles objetos de valor, especialmente joyas y relojes. En ocasiones, se ganan la confianza de la víctima fingiendo ser conocidas o solicitando ayuda, y durante el o físico aprovechan para cometer el hurto sin que la víctima lo perciba de inmediato. Este tipo de delitos suele ser cometido por grupos organizados que operan de manera itinerante, seleccionando cuidadosamente a sus víctimas, generalmente personas mayores que portan objetos de valor. Las autoridades recomiendan desconfiar de acercamientos inusuales por parte de desconocidos y evitar mostrar objetos de valor en público para prevenir este tipo de robos. La entrada ¿Cómo hacer buenos simulacros? se publicó primero en OPN | Oposiciones Policía Nacional.
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Derechos de las mujeres víctimas de Violencia de Género
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Guardar en favoritos Hablamos de los Derechos de las mujeres víctimas de Violencia de Género regulados en el LO 1/2004, vemos preguntas de examen que han caído sobre esto. La violencia de género es una de las violaciones más terribles de los derechos humanos, y las mujeres que la sufren necesitan apoyo y protección real. Hoy nos adentraremos en los derechos que la ley reconoce a estas mujeres, enfocados en la asistencia, protección y rehabilitación integral de las víctimas. Garantía de los derechos de las víctimas – Artículo 17 1. Todas las mujeres víctimas de violencia de género tienen garantizados los derechos reconocidos en esta ley, sin que pueda existir discriminación en el a los mismos. ¿Cómo se acredita la situación de Violencia de Género? – Artículo 23 Para que una víctima de Violencia de Género tenga a estos derechos ha de acreditarse su situación mediante sentencia condenatoria, por cualquiera de las manifestaciones de la violencia contra las mujeres que se preveen en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, una orden de protección a favor de la víctima u otra medida cautelar a favor de la misma, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de Violencia de Género, o informes de servicios sociales, servicios especializados o de acogida. En el caso de víctimas menores de edad además, por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial. Derecho a la información – Artículo 18 Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir información completa sobre los recursos disponibles para su protección, ayuda y recuperación. Esto incluye información sobre ayudas, medidas de seguridad, servicios de emergencia y apoyo. Es fundamental recalcar que la información debe ser accesible para todas, incluyendo a las mujeres con discapacidad o aquellas que no hablen el castellano, asegurando así que ninguna mujer quede excluida. Derecho a la atención integral – Artículo 19 La asistencia social integral responde a los principios de atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional. Este derecho implica el a servicios sociales especializados que incluyen atención de emergencia, apoyo psicológico, acogida y recuperación integral. Los servicios deben estar organizados para ofrecer una respuesta urgente y eficaz, y también deben actuar de manera coordinada con los cuerpos de seguridad, juzgados y servicios de salud. Además, la atención incluye el apoyo educativo para las familias afectadas, la formación en valores de igualdad, y el apoyo para la inserción laboral. Derecho a la atención sanitaria – Artículo 19 bis Derecho a la atención sanitaria, con especial atención psicológica y psiquiátrica, y al seguimiento de la evolución de su estado de salud hasta su total recuperación. Los servicios sanitarios deberán contar con psicólogos infantiles para la atención de los hijos e hijas menores que sean víctimas de violencia vicaria. Asistencia jurídica – Artículo 20 Derecho a asesoramiento jurídico gratuito: desde el momento previo a la interposición de denuncia, así como a la defensa y representación gratuitas; todo con independencia de recursos para litigar. Designación urgente de letrado o procurador: los Colegios de Abogados y Procuradores, en su caso, procederán a la designación. Víctimas de violencia de género podrán personarse como acusación particular en cualquier momento del procedimiento (ello no permitirá retrotraer ni reiterar las actuaciones practicadas). Examen promoción 38 – 2022 64. En relación a los derechos de las mujeres víctimas de violencia de género, se debe tener en cuenta la siguiente consideración respecto a la asistencia jurídica: a) Las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico solamente después de haber interpuesto denuncia. b) Las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia, sólo si solicitan un letrado particular. c) Las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia. Derechos laborales y de Seguridad Social – Artículo 21 Las trabajadoras víctimas de violencia de género tienen derecho a una reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, movilidad geográfica, cambio de centro de trabajo y a la adaptación de su puesto para facilitar su reincorporación. Incluso se contempla la suspensión del contrato laboral con reserva del puesto de trabajo, para garantizar su seguridad y estabilidad. Estos derechos permiten que la víctima pueda concentrarse en su seguridad sin temor a perder su empleo o medios de vida. Programa específico de empleo – Artículo 22 Este programa tiene el objetivo de apoyar a las mujeres que se encuentran en búsqueda de empleo o desean iniciar una nueva actividad por cuenta propia. Es una medida importante para promover la independencia económica de las víctimas, facilitando su reintegración en el ámbito laboral. Acreditación de situaciones de violencia de género – Artículo 23 Para acceder a los derechos recogidos en esta ley, las situaciones de violencia deben acreditarse mediante una sentencia condenatoria, una orden de protección, u otros documentos judiciales que indiquen la existencia de violencia. Además, pueden ser acreditadas mediante informes de los servicios sociales o especializados, garantizando que las víctimas puedan acceder a la protección sin tener que esperar largos procesos judiciales. EXAMEN PROMOCIÓN 39 1. Las situaciones de violencia de género que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en el capítulo II de la L.O. de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se acreditarán mediante, ¿cuál es la opción INCORRECTA? a) Una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género. b) Una orden de protección. c) Una resolución istrativa que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima. Capítulo III: Derechos de las funcionarias públicas – Arts 24 al 26 Las funcionarias víctimas de violencia de género tienen derechos similares a los de las trabajadoras del sector privado, incluyendo la reducción de jornada, movilidad geográfica y excedencias. Además, las ausencias al trabajo por motivos derivados de la violencia serán justificadas, lo que garantiza que las funcionarias puedan recibir el apoyo necesario sin poner en riesgo su situación laboral. Ayudas sociales – Artículo 27 Las mujeres que no tienen ingresos suficientes pueden recibir una ayuda única que les permita hacer frente a su situación y empezar una nueva vida lejos del maltratador. Estas ayudas pueden extenderse hasta 24 meses si existen circunstancias familiares que así lo requieran, como tener responsabilidades familiares o una discapacidad. HABLAR DE LOS PLAZOS DE MESES Examen promoción 39 18. María es víctima de violencia de género, tiene especial dificultad para obtener un empleo, pudiéndolo acreditar a través de Informe del Servicio Público de Empleo, además dos hijos menores a su cargo ¿De cuánto será la ayuda económica que reciba si le corresponde? a) Dieciocho meses de subsidio por desempleo. b) Doce meses de subsidio por desempleo. c) Veinticuatro meses de subsidio por desempleo. a la vivienda y residencias públicas para mayores – Artículo 28. Las mujeres víctimas de violencia de género tienen preferencia para acceder a una vivienda segura, algo fundamental para poder dejar atrás la situación de violencia. Derecho a la reparación Las víctimas tienen derecho a recibir una indemnización por los daños sufridos, incluyendo el daño físico, psicológico y moral, así como la pérdida de oportunidades laborales y educativas. Además, la ley establece acciones de reparación simbólica y garantiza medidas para que la situación de violencia no vuelva a repetirse. 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