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Charlando por Derecho - El podcast jurídico
197. El Supremo Cambia las Reglas en las Tarjetas Revolving

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14/3/2025 · 14:59
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Charlando por Derecho - El podcast jurídico

Descripción de 197. El Supremo Cambia las Reglas en las Tarjetas Revolving c3h2q

#TarjetasRevolving #TribunalSupremo #DerechoBancario #NulidadContrato #Abogados #ReclamarDinero 🔴 ¡ATENCIÓN! Nueva Sentencia del Tribunal Supremo sobre Tarjetas Revolving 🔴 El Tribunal Supremo ha cambiado las reglas del juego con una nueva sentencia que limita la devolución de lo cobrado de más en los contratos de tarjetas revolving. Hasta ahora, la nulidad de un contrato por usura significaba la recuperación total del dinero pagado de más, pero ahora... ¡ya no será así! 😱 📌 En este video te explico: ✅ Qué dice exactamente la Sentencia 350/2025 📜 ✅ Cómo afecta a los afectados por tarjetas revolving 💳 ✅ Por qué creemos que esta decisión es un retroceso para los consumidores ⚠️ ✅ Qué opciones tienes para seguir reclamando tu dinero 💰 🔹 Si tienes una tarjeta revolving, esto te interesa más que nunca. 🔹 ⚖️ ¿Eres afectado? Déjanos tu comentario y contáctanos para revisar tu caso 👉 https://www.iurisfirma.es/reserva-tu-cita-sobre-clausulas-abusivas/ ¡Gracias por tu confianza y por estar aquí! 👨‍⚖️ 📩 Déjanos tus preguntas en los comentarios y no olvides suscribirte para más contenido jurídico. Javier Fuentes Abril (Abogado) 6f3j4k

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Este contenido se genera a partir de la locución del audio por lo que puede contener errores.

Llevo un mes que no aparezco por aquí. He estado un tanto liado de trabajo y no he tenido ocasión de hacerlo pero ya estoy de nuevo con vosotros que además voy a intentar no pasar tanto tiempo desaparecido y al igual que hice en esta última grabación voy a volver a hablaros del Supremo y de las tarjetas revolving. La última grabación que publiqué fue sobre este tema de las tarjetas revolving para contaros las buenísimas noticias que llegaban del tribunal supremo respecto de estos contratos. Un vídeo que tuvo muchísimo éxito y que os agradezco enormemente porque además ha supuesto que el canal de youtube haya por fin superado los 5000 suscriptores lo que para mí pues es todo un orgullo. Pero en esta ocasión la sentencia que traigo que como digo también va de tarjeta revolving no tiene nada que ver porque nos devuelve a la senda a la que nos tiene acostumbrados últimamente el tribunal supremo porque es una sentencia que lo vuelve a posicionar al lado de la banca pero además de una manera para mí totalmente ilógica y en una sentencia quizás hasta vergonzosa.

Se trata de una sentencia que lo que trata es sobre la prescripción en los asuntos de usura y que da bastante que hablar así que voy a tratar de explicar lo que ha dicho el tribunal supremo y también de dar mi opinión sobre todo este asunto pero nuevamente como ya es habitual te recuerdo que sigues pudiendo tener una consulta conmigo de forma totalmente gratuita para tratar sobre tu hipoteca si tienes gastos sin reclamar y rph tu cuestión personal o tu tarjeta de crédito revolving y para eso tan solo tienes que entrar en el enlace que te dejo en la descripción y seleccionar el día y la hora en que tener esa consulta. Soy Javier Fuentes abogado y fundador del despacho que le pone el nombre a este canal Yuris firma abogados.

Como he dicho al comienzo en la última grabación que publiqué hace ya un mes os contaba una muy buena noticia os hablaba de una sentencia del tribunal supremo que prácticamente iba a servir para tirar por tierra cualquier contrato de tarjeta revolving porque muy pocos contratos de este tipo superarían el control de transparencia lo que en definitiva iba a suponer la anulidad de estas tarjetas y la posibilidad de recuperar todo lo que se hubiera pagado por cualquier concepto distinto de la devolución del principal sin embargo ahora la nueva sentencia que me hace hablaros de este tipo de contratos no es ninguna buena noticia sino todo lo contrario pero además desde mi punto de vista es una auténtica locura que se carga toda la doctrina que existía hasta ahora sin ningún sentido pero voy a tratar de comenzar explicando qué dice esta sentencia y dejar para el final el contaros mi opinión y la crítica que tengo que hacer se trata de una sentencia dictada por el pleno de la sala supremo el pasado 5 de marzo la sentencia 350 barra 2025 esta sentencia lo único que resuelve es la controversia que en los últimos años se ha creado sobre la posible prescripción de la acción de reclamación de cantidad que deriva de la declaración de anulidad de un contrato es lo único porque el propio banco en este caso we think estaba de acuerdo desde que recibió la demanda con que el contrato era usurario es decir que el contrato establecía un tipo de interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado sin embargo el banco lo que defendía era que aunque el contrato fuera nulo la reclamación de cantidades habría prescrito porque desde que se contrató hasta que se formalizó la reclamación extrajudicial habían pasado más de cinco años en este caso el contrato era de fecha junio de 2015 y la primera reclamación se formalizó en enero de 2021 de ahí que alegarán que ya habían pasado esos cinco años de prescripción el tribunal supremo lo primero que hace en esta sentencia es volver a distinguir como había hecho anteriormente en los casos de abusividad la acción de anulidad del contrato de la acción de restitución de cantidades al hacer esta distinción especifica que la acción de nulidad no caduca ni prescribe porque estamos hablando de nulidad radical o absoluta mientras afirma que en el caso de la acción de reclamación de cantidades de restitución de los efectos de esa nulidad sería en este caso una acción que sí estaría sometida a plazo de prescripción un plazo que desde el pasado año 2015 es de cinco años el hecho de que este

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