
20231030 Pleno Ordinario Ayuntamiento de Santoña-(I Parte) 5b3n20
Descripción de 20231030 Pleno Ordinario Ayuntamiento de Santoña-(I Parte) 3n3c2z
Sesión ordinaria Pleno del Ayuntamiento de Santoña celebrada el 30 de octubre de 2023 1- Aprobación del Acta de 31 de agosto de 2023 2.-Dación de cuenta de Resoluciones de la alcaldía en papel, números51 a 100 inclusive. En formato electrónico, 551 a 900 inclusive. 3.- Expediente de modificación de créditos númer 11/2023 de créditos extraordinarios y suplementos de crédito. 4.-Expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos. 5.-Propuesta de la alcaldía designación de vocal y suplente del Ayuntamiento para el Patronato del Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel. 6.-Moción conjunta sobre petición a Costas en relación el edificio náutico-pesquero en Laredo. 7.-Moción del Grupo Socialista para la modificación de la ordenanza fiscal del IBI con reducción tipo impositivo a partir de 2024 y Disposición Transitoria de compensación condicionada a una revisión al alza de los valores catastrales para 2024.Aprobación inicial. 8.Moción reprobación del alcalde presentada por el Grupo Socialista el 28-8-23. 2673u
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El salón de plenos del ayuntamiento de santoña una charla la cuenta de resoluciones de alcaldía cincuenta y uno así consiguen en formato electrónico de quinientos cincuenta y uno novecientos incluye ver señor yan simplemente una chica este asunto dígame le agradeceríamos que para futuros plenos ha sido muchas cosas lo hemos hecho constar en escrito presentado secretaría en la actualidad el volumen de resoluciones electrónicas y de decretos de alcaldía vía electrónica es infinitamente superior a los que se materializan en formato papel se lógicamente se incorpore al decreto correspondiente los informes preceptivos de secretaría intervención cuando hubiese un lugar por una sencilla razón toda la vida siempre junto al decreto en formato papel iban anexos los informes de intervención y secretaría firmados al dorso del mismo hoy en día los decretos de firma electrónica no aparece ningún informe y sino porque los mismos se hacen en documento adjunto en documento aparte evidentemente si estamos hablando participación y de tener conocimiento del contenido de los expedientes y de los decretos informes de intervención puesto que en caso contrario la oposición se verá obligada a tener que solicitar copia íntegra de todos y cada uno de los expedientes a que han dado lugar los decretos de alcaldía con el consiguiente desastre para la secretaria que se pasaría la la jornada remitiendo copias de todos los expedientes íntegros gracias muchas gracias lo buscamos pasamos al punto al punto tercero punto número tres expediente de modificación de créditos número once para dos mil veintitrés de créditos extraordinarios y suplementos de créditos costa de la carpeta de pleno el dictamen de la comisión de economía hacienda y nacional celebrada el día veinticinco de octubre de dos mil veintitrés donde se dividen en los suplementos de crédito un total de cuarenta y cuatro mil setecientos veintinueve ochenta y nueve de querer desorden ley de crédito extraordinario un total de veintidós mil cuatrocientos sesenta y tres los dos por un total de ciento veintisiete creo que era ciento veintisiete mil sí comenzamos señor saravia tu turno no tengo nada que decir señor fernández no ha querido decir el señor abascal si en este punto del orden del día la intervención del grupo municipal socialista realizará la señora gonzález caballero en este punto queremos comentar un asunto referente al crédito extraordinario que se lleva a cabo como consecuencia de la modificación presupuestaria que se presenta en la última comisión de economía y hacienda que tuvo lugar el miércoles de la semana pasada en este sentido vemos que se incorporan como créditos extraordinario una partida vinculada la instalación contra incendios del albergue por un importe de quince mil ochocientos cincuenta y uno euros nos genera asombro en el sentido de que este ayuntamiento ha recibido una subvención a través de la orden de barra dos mil veintidós de quince de febrero por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destino dadas a los albergues de peregrinos del camino de santiago y de la ruta lebaniega de titularidad de entidades locales si bien es cierto que la subvención no es superior al noventa por ciento del importe de la subvención es de cuarenta mil euros entendiendo que esta partida de quince mil euros podría haberse integrada dentro de la misma y como mucho habría que implementar la parte qué de qué se diferencia entre la subvención entre cien por ciento y el noventa por ciento más asombro nos genera cuando vemos una resolución de alcaldía un decreto que hemos podido conocer de forma posterior a la celebración de la comisión como consecuencia de la convocatoria del pleno donde se indica que el ayuntamiento va a tener qué hacer frente al cálculo de de la devolución de la subvención en cierta parte puesto que no se van a poder ejecutar finalmente todas las actuaciones que estaban previstas como consecuencia de la recepción de esa de esa subvención en este sentido nos gustaría que por favor si nos aclare esta cuestión para poder comprender porqué se genera crédito por valor de quince mil euros y sin embargo se va a hacer frente prácticamente a la la devolución de la totalidad de la de la subvención muchas gracias muchas gracias señor oliverio nada cambia
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